En España, según la normativa vigente el Documento Nacional de Identidad (DNI) es obligatorio para los mayores de 14 años. Como dato curioso, el pasado 2 de marzo el carné de identidad cumplió 75 años. El DNI tiene diferentes periodos de validez en función de la edad del titular: dos años cuando el titular es menor de cinco años; cinco años cuando el titular tiene entre cinco y treinta años; y diez años cuando el titular tiene entre treinta y setenta años. En caso tener más de setenta años, el DNI se vuelve permanente, del mismo modo que ocurre en personas que acrediten un alto grado de discapacidad. Cuando este tiempo pasa, el titular está obligado a acudir a una oficina de la Policía Nacional para renovarlo. Sin embargo, ¿qué ocurre cuando has perdido el DNI o lo te lo roban?
Qué hacer si pierdes el DNI o te lo roban
En caso de que hayas perdido el DNI, deberás dirigirte tan rápido como te sea posible a una comisaría de Policía para denunciar el robo o extravío de tu documento nacional de identidad. Es muy importante denunciar la pérdida del DNI, puesto que, en caso de no hacerlo, serías responsable del posible uso indebido que cualquier desaprensivo pudiera hacer con tu documento. Además, denunciándolo, tendrás una explicación en caso de tener que presentarlo en algún lugar, y de la misma forma tendrás la posibilidad de renovarlo fácilmente.
Para conseguir un nuevo documento nacional de identidad, deberás llevar el resguardo de la denuncia que te ha dado en la comisaría y dos fotografías tamaño carnettamaño carnet en las que deberás estar con la cara completamente despejada, esto significa, sin pañuelos, flequillos ni peinados que tapen parte de tu cara.
Multa por perder el DNI
El artículo 37 de la Ley Orgánica de Seguridad Ciudadana del 30 de marzo de 2015 establece una serie de sanciones en relación al DNI:
- «Incumplimiento de la obligación de obtener la documentación personal legalmente exigida y omisión negligente de la denuncia de su sustracción o extravío»: no tener el Documento Nacional de Identidad una vez cumplidos los 14 años o no renovarlo en caso de pérdida o robo.
- «Negligencia en la custodia y conservación de la documentación personal legalmente exigida, considerándose como tal la tercera y posteriores pérdidas o extravíos en el plazo de un año»: si el titular del DNI pierde el documento tres veces en un año, puede ser sancionado.
El hecho de perder el DNI en tres ocasiones en menos de un año puede suponer una multa de entre 100 y 600 euros si los agentes consideran que el titular ha actuado de manera negligente. En cualquier caso, se trata de una infracción leve que prescribe a los seis meses y cuyo importe puede ser reducido al 50% por pronto pago.
Esta sanción no se aplica en el caso de que nos roben el DNI, si bien para demostrar que se ha producido una sustracción será necesario haber interpuesto una denuncia por robo ante la Policía Nacional.