A España ha llegado la Ley de Bienestar Animal, que entrará en vigor en 2023 y que supone una serie de cambios con respecto a las mascotas. Con esto se pretende regular cuáles son aquellos animales que se puede tener en casa, así como cuáles son aquellos que se pueden comprar y cuáles no. También se busca establecer otros tantos derechos (para el animal) y obligaciones (para los dueños).
En relación a todo esto se está hablando del "listado positivo" de animales de compañía, de tal manera que a través de este listado se pretende recoger a aquellas especies que podrán ser objeto de tenencia como mascotas.
Qué es el listado positivo de animales de compañía
En el capítulo VI del texto del Proyecto de Ley de Protección, Derechos y Bienestar de los Animales se recoge lo que será el listado positivo de animales de compañía. Se tratará de una medida que incluirá un listado de todas aquellas especies que podrán ser objeto de tenencia como animales de compañía, es decir, que se podrán tener en casa como mascotas.
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Según ha detallado el director de Derechos de los Animales a Newtral.es este listado estará elaborado por un comité científico-técnico compuesto por "administraciones públicas, científicos de renombre, académicos de universidades y representantes de sectores afectados, como pueden ser el de la compraventa de animales u organizaciones ecologistas".
La creación de este listado positivo lo que busca es "regular la importación y exportación de animales de compañía". De tal forma que con esta lista de mascotas se establece cuáles son aquellas que se puede tener, cuáles se pueden vender y con cuáles se puede comercializar. Todo esto "priorizando criterios de seguridad para las personas, salud pública y medioambientales".
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El Anteproyecto de la ley habla de lo siguiente: "Asimismo, la Resolución del Parlamento Europeo de 9 de junio de 2021, sobre la 'Estrategia de la Biodiversidad 2030', insta a los Estados Miembros a desarrollar los Listados Positivos, listas blancas de especies permitidas para la importación, el mantenimiento, la cría y el comercio como animales de compañía sobre la base de una evaluación científica, solicitando su desarrollo a la mayor brevedad posible.
"Además, en la misma resolución del Parlamento Europeo se insta a los países miembros a ampliar los recursos ecológicos y de biodiversidad, mediante zonas verdes en áreas urbanas y promoviendo la interconectividad entre hábitats y creación de corredores verdes y a combatir el tráfico de especies exóticas y silvestres"
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En este título VI también se dispone lo siguiente: "Las disposiciones transitorias establecen el régimen aplicable temporalmente a determinados aspectos de la ley, como, la tenencia de animales silvestres en cautividad, la homologación o adquisición de títulos por quienes actualmente trabajan con animales, las personas poseedoras de animales no incluidos en el Listado positivo, o los titulares de circos, carruseles o atracciones de feria en las que se empleen animales, así como el plazo en el que las comunidades y ciudades autónomas deberán adaptar su normativa a lo dispuesto en esta ley."
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En el propio texto se específica: "sólo se incluirán en el Listado especies para las cuales no haya indicios o evidencias de que, en caso de escape, puedan sobrevivir en la naturaleza, suponiendo así un riesgo ecológico. Especialmente sólo se incluirán animales que no son o no puedan ser vectores de organismos nocivos para la biodiversidad autóctona o no presenten carácter invasor demostrado en algún lugar del mundo."
En consecuencia, todavía no queda clara cuál es la lista de animales positivos para su tenencia, si bien es cierto que sabemos que perros, gatos y hurones ya forman parte de ella.