¿Quién puede vender o criar animales con la nueva Ley de Bienestar Animal?
El Congreso de los Diputados declarara a todos los animales "seres sintientes", prohíbe vender mascotas en las tiendas y limita la venta a los criadores profesionales autorizados para la cría.
27 noviembre, 2022 11:22En España, los perros, los gatos y las aves están en el podio de las mascotas más frecuentes. Estos ya son considerados como simples mascotas, sino que ya se les reconoce como animales sintientes. De hecho, el Consejo de Ministros que ha aprobado el anteproyecto de ley de protección animal, ha modificado también el Código Civil para adaptarlo a la verdadera naturaleza de los animales y a las relaciones de convivencia que se establecen entre ellos y los seres humanos.
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Esto afecta a la venta de los animales, que queda prohibida en las tiendas y limitada para los criadores, así como a todos los dueños, con nuevas obligaciones como obtener el DNI para su animal. Aquí respondemos a las cuestiones más importantes.
¿Quién puede vender o criar animales?
Muy importante tener en cuenta que se prohíbe la comercialización de animales en tiendas de mascotas, donde tampoco se podrán exponer al público, y se limita la venta a los criadores profesionales autorizados para la cría. La cesión de animales entre particulares deberá ser "en todo caso, gratuita y quedar reflejada por contrato".
¿Hay que sacarse un curso para tener una mascota?
Se obliga a los potenciales dueños a realizar un curso antes de adoptar o adquirir una mascota. Para evitar el maltrato y el abandono animal, los "propietarios" deberán cursar primero una formación en tenencia responsable reglamentada que eduque al potencial dueño en la convivencia que garantice el bienestar del animal.
¿Puede una persona estar inhabilitada para tener una mascota?
Efectivamente, sí. Una persona puede quedar inhabilitada y en consecuencia, no puede tener más mascotas y realizar actividades vinculadas (cría, comercialización, asistencia veterinaria...). Concretamente, una persona puede tener prohibidas estas actividades durante un periodo que abarca de los 5 a las 10 años, dependiendo de la gravedad de la infracción.
Las sanciones son las siguientes: Para las leves, la multa podrá ser de entre 500 y 10.000 euros; para las graves, entre 10.001 y 50.000 euros; y, para las muy graves, entre 50.001 y 200.000 euros que incluyen las batallas de gallos.
¿Está prohibida la exhibición de los animales?
También se prohíbe la exhibición de animales para fines comerciales, así como su participación de animales en cabalgatas, belenes y procesiones; mientras que se regula su aparición en romerías y ferias.
Desde luego, también queda prohibido el sacrificio de los animales, salvo cuando la eutanasia esté aprobada por un profesional. Esta cuestión está sujeta a una serie de excepciones y dependerá de los veterinarios.