Wissam Ben Yedder, exjugador del Sevilla, ha sido condenado a seis meses y un día de cárcel por un fraude fiscal contra la Hacienda Pública. Así lo ha corroborado la Audiencia Provincial de Sevilla. El franco-tunecino tendrá que abonar además una multa que asciende hasta los 133.798,70 euros, según informaron las fuentes judiciales.
Dicha sentencia ha quedado en suspenso con la condición de que no vuelva a delinquir en un plazo de dos años. En un principio, la Fiscalía reclamaba nueve meses de prisión y una cantidad cifrada en 150.000 euros, pero se ha rebajado debido a la conformidad de las partes, la propia Fiscalía, la acusación particular y la defensa del Ben Yedder.
Los hechos se remontan al año 2016 cuando el actual delantero del Monaco firmó un contrato de trabajo como futbolista profesional con el Sevilla. Dicho acuerdo permaneció vigente hasta 2017, es decir, durante un año, "viniendo por lo tanto obligado a presentar la correspondiente declaración de IRPF".
El tribunal también apunta que cuando el acusado fue requerido para presentar la declaración correspondiente, en enero de 2019, tampoco la entregó. Sí se señala que la realizó el mes de marzo de ese año "cuando el condenado presentó una autoliquidación con resultado a ingresar de 225.323,25 euros, una cantidad que efectivamente abonó".
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No obstante, Ben Yedder reconoció durante su declaración que "de forma consciente, falseó la misma al no incluir los intereses percibidos como rendimiento" en tres cuentas de las que era titular, y que ascendían a la cantidad total de 1.623,34 euros", indican las fuentes judiciales.
Además, también se señala que el actual jugador del Mónaco no realizó la pertinente declaración de "rendimientos de actividades económicas los percibido". Esto va referido a una serie de contratos de patrocinio durante su estancia en el Sevilla F. C. y que se realizaron con una entidad perteneciente al futbolista.
La investigación judicial señala que "no consta que hubiera efectuado una cesión de los derechos de explotación de su imagen, sino que, al contrario, fue constituida por el mismo con el único fin de ocultar dichos ingresos y de no tributar por ellos". Por dicho motivo, el tribunal puntualiza que "los ingresos omitidos en la declaración presentada determinaban que la cuota a ingresar fuera de 267.597,40 euros, en lugar de la autoliquidada e ingresada" e indica que, a posteriori, Ben Yedder realizó un ingreso de 51.007,41 euros a la Agencia Tributaria correspondientes a la cuota no ingresada con sus correspondientes intereses.