La Liga Femenina de fútbol adjudicó ilegalmente sus derechos de TV a Dazn y Mediapro, según la CNMC
El concurso se resolvió antes de que transcurriera "el plazo de un mes previsto en los apartados 3 y 5 del artículo 4 del RD-ley 5/2015". La CNMC mandó un requerimiento a la Liga-F para que anulara su resolución.
11 abril, 2023 02:15El 5 de septiembre de 2022 la Liga Profesional de Fútbol Femenino anunció la adjudicación de sus derechos de televisión a Dazn y Mediapro por cinco temporadas. La OTT se quedó con la emisión de los ocho partidos, aunque el canal Gol daría uno de ellos en abierto cada jornada hasta 2027.
Por este acuerdo, la Liga Profesional de Fútbol Femenino, ahora llamada Liga-F, se embolsará 7 millones de euros al año. Sin embargo, la adjudicación se realizó de forma ilegal, según la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, al no haberse respetado los plazos estipulados en el Real Decreto-ley 5/2015 sobre la venta centralizada de los derechos audiovisuales de las competiciones deportivas.
Según el escrito que publica EL ESPAÑOL, la Sala de Competencia, en una sesión celebrada el 27 de septiembre de 2022, afirmó que la adjudicación había tenido lugar "antes de que transcurriera el plazo de un mes previsto en los apartados 3 y 5 del artículo 4 del Real Decreto-ley 5/2015". Por esta razón decidió no emitir informe alguno sobre las condiciones de comercialización de los derechos audiovisuales de la competición de fútbol femenino.
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La Liga-F estaba obligada por ley a pedir un informe a la CNMC sobre el concurso para la adjudicación de los derechos de televisión. Dicha opinión no hubiera sido vinculante, pero sí era preceptiva. La patronal no debía ni publicar las bases hasta que no tuviera dicho informe, para el que la CNMC disponía del plazo de un mes. Este proceso se incumplió y, a pesar de ello, fue aprobado por el Órgano de Control de los Derechos Audiovisuales en el que está presente, aunque sin voto, el Consejo Superior de Deportes.
En aquella época continuaba como director de deportes Albert Soler, ahora acusado por el 'caso Negreira' y que en aquellas negociaciones sobre la Liga-F siempre defendió los postulados de Javier Tebas y LaLiga enfrentándose por ello en varias ocasiones a José Manuel Franco. Sin embargo, ya no está Soler y la adjudicación sigue vigente a pesar de que no exista el informe de la CNMC.
En su escrito, la CNMC expone que fue el 23 de agosto de 2022 cuando tuvo "entrada en el Registro electrónico un escrito presentado por la Liga Profesional de Fútbol Femenino". A través de este se solicitaba de la emisión de "un informe sobre las condiciones de comercialización conjunta de los derechos audiovisuales de los clubes".
Ese mismo día, la Liga-F anunció en su página web "la apertura del proceso de comercialización conjunta de los derechos audiovisuales", incumpliendo así ya el plazo que otorga el Real Decreto-ley 5/2015 para que la CNMC realice el informe. El 5 de septiembre, menos de dos semanas después, la Liga-F anunció "la adjudicación de los distintos lotes a Dazn Spain SL, Mediaproducción SLU y Dazn Limited".
El incumplimiento continuado del plazo marcado por ley provocó no solo que la CNMC no emitiera un informe, sino que enviara también, posteriormente, un requerimiento a la Liga Profesional de Fútbol Femenino. En este escrito afirmaba que el concurso era "nulo de pleno derecho" e instaba a la patronal presidida por Beatriz Álvarez a que "anulara la adjudicación".
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Sin embargo, esto no sucedió y la Liga-F mantiene vigente su acuerdo con Dazn y Mediapro por sus derechos de televisión hasta el año 2027 y a cambio de 35 millones de euros. Eso sí, está pendiente conocer si el CSD decide ahora tomar cartas en el asunto para regularizar el concurso y que se realice una adjudicación conforme a la ley.
También existen dudas sobre si la Liga-F poseía los derechos de todos los clubes en el momento de realizar el concurso, ya que existían equipos que los habían cedido y ese acuerdo seguía en vigencia. Un proceso que se hizo con demasiada prisa y sin respetar los tiempos marcados por el Real Decreto-ley 5/2015.