La Fiscalía de la Audiencia Nacional ya investiga a Luis Rubiales por una supuesta agresión sexual, tras recibir la denuncia de varios ciudadanos a título particular.
Dicha denuncia tacha de posible agresión sexual el beso en la boca que el ya expresidente de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) propinó a la futbolista Jenni Hermoso durante la entrega de medallas a las ganadoras del Mundial femenino.
En un decreto firmado este lunes, la Fiscalía de la Audiencia Nacional señala que, "a la vista de las manifestaciones públicas realizadas por doña Jennifer Hermoso, el acto sexual sufrido por la misma y llevado a cabo por el señor Rubiales no fue consentido".
Por ello, el Ministerio Público ofrecerá a la futbolista interponer una denuncia expresa. De hecho, el decreto cita las palabras de la jugadora, difundidas a través de un comunicado: "Ni mucho menos su beso fue consentido… Me sentí vulnerable y víctima de una agresión".
Los hechos sucedieron tras la final del Mundial femenino de fútbol, disputado en Sídney (Australia) el pasado 20 de agosto. Varias personas —en ningún caso la supuesta víctima, Jenni Hermoso— los denunciaron días después ante la Fiscalía Provincial de Madrid, que envió esta documentación a la de la Audiencia Nacional, la única competente para investigarlos, ya que sucedieron en el extranjero. Ahora, dicho organismo ha abierto este lunes diligencias preprocesales para investigar lo ocurrido.
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Mientras la deportista —no sin haber cambiado su versión— sostiene ahora que el beso no fue consentido y la hizo sentir incómoda, Luis Rubiales defiende que fue un gesto —"un pico sin maldad"— anecdótico y de mutuo acuerdo, que la jugadora aceptó verbalmente.
Tal y como indica el decreto, al que ha tenido acceso EL ESPAÑOL, existe otra denuncia que "refiere la existencia de exhibicionismo obsceno ante menor de edad", debido a que el dirigente deportivo se agarró los genitales, a escasos metros de la Reina y de la Infanta Sofía, en pleno éxtasis celebratorio, en un gesto de apoyo dirigido al seleccionador femenino, Jorge Vilda.
Ahora, la Policía Judicial deberá comunicar a la Fiscalía de la Audiencia Nacional el domicilio de Jenni Hermoso, donde la futbolista recibirá un documento que le comunique la apertura de estas diligencias y en el que se le ofrezca interponer una denuncia. Hasta ahora, más allá de pronunciarse a través de varios comunicados firmados por ella y por el sindicato que la representa, FUTPRO, no lo ha hecho.
La deportista tendrá un plazo de 15 días para ponerse en contacto con el Ministerio Público, que procederá a informarle de "sus derechos como víctima de un presunto delito de agresión sexual". Tras su investigación, la Fiscalía podría interponer, si así lo considera, una querella contra el directivo.
Ley del 'sólo sí es sí'
Tras la entrada en vigor de la llamada Ley del sólo sí es sí, impulsada por el Ministerio de Igualdad de Irene Montero, el delito de abuso sexual se suprimió del Código Penal (CP). En su lugar, la norma fundió este delito con el de agresión sexual en un único tipo, con el nombre de este último, y que engloba toda actuación que atente contra la libertad sexual de una persona sin su consentimiento. Se castiga con penas de 1 a 4 años de cárcel.
Anteriormente, el abuso sexual se diferenciaba de la agresión al no emplearse violencia o intimidación. Actualmente, tras la reforma del PSOE, con apoyo del PP, el Código Penal sí contempla penas más graves —de 1 a 5 años— para este delito cuando se cometa empleando violencia o intimidación. Ahora bien, no se recuperó el delito de abuso sexual.
En su artículo 178, el CP castiga con penas de 1 a 4 años de cárcel "al que realice cualquier acto que atente contra la libertad sexual de otra persona sin su consentimiento".
"Sólo se entenderá que hay consentimiento cuando se haya manifestado libremente mediante actos que, en atención a las circunstancias del caso, expresen de manera clara la voluntad de la persona", detalla.
"Si la agresión se hubiera cometido empleando violencia o intimidación o sobre una víctima que tenga anulada por cualquier causa su voluntad, su responsable será castigado con la pena de uno a cinco años de prisión", establece el subtipo agravado (art. 178.3)
"El órgano sentenciador, razonándolo en la sentencia, y siempre que no medie violencia o intimidación o que la víctima tuviera anulada por cualquier causa su voluntad (...), podrá imponer la pena de prisión en su mitad inferior o multa de dieciocho a veinticuatro meses, en atención a la menor entidad del hecho y a las circunstancias personales del culpable", añade el Código Penal.
De hecho, una reciente sentencia del Tribunal Supremo y una circular de la Fiscalía General del Estado citan "un beso en la boca o el cuello o unos tocamientos de escasa entidad" como ejemplos de comportamientos que, tras la reforma legal, podrían ahora ser considerados como una agresión sexual.
El CSD y el TAD
El Consejo Superior de Deportes (CSD), dependiente del Gobierno, también ha formulado una denuncia por estos hechos ante el Tribunal Administrativo del Deporte (TAD). Es probable que este procedimiento finalice con una inhabilitación de Luis Rubiales.
No obstante, la FIFA ya se ha adelantado y este sábado suspendió provisionalmente al directivo "de todas sus actividades" vinculadas con el fútbol, tanto dentro como fuera de España. Por ello, la RFEF designó a Pedro Rocha como su sustituto al frente de la Federación.