La Audiencia Nacional confirmó este jueves la inhabilitación definitiva de Pedro Rocha por un periodo de dos años, por lo que el extremeño no podrá presentarse a las próximas elecciones a la presidencia de la Real Federación Española de Fútbol.
La Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional rechazó el recurso del expresidente en el que pedía que se suspendiera de forma cautelar la resolución del Tribunal Administrativo del Deporte (TAD), un dictamen por el que se le sancionó con dos años de inhabilitación para el desempeño de cargos directivos en federaciones deportivas.
El pasado 3 de septiembre, el Juzgado Central de lo Contencioso-administrativo 2 de la Audiencia Nacional desestimaron ya una primera solicitud de Pedro Rocha por la que el expresidente trató de paralizar cautelarmente la resolución del TAD. Su objetivo era poder concurrir a las elecciones de la RFEF, pero ahora su plan se ha visto truncado con la nueva decisión de los magistrados.
El Tribunal recordó que Rocha ha sido sancionado por tres infracciones muy graves y que tiene en común el ejercicio de competencias que no le correspondían, de conformidad con la normativa reguladora de la Federación. Dice la Audiencia que desoyó las normas internas de funcionamiento y privó al órgano de gobierno de conocer decisiones de su exclusiva competencia.
Dice en su sentencia la AN que Pedro Rocha, con sus decisiones, vulneró "los derechos básicos de los miembros del órgano colegiado, alterando la formación de la voluntad de la RFEF y sustituyéndola por la suya propia".
La Sala ata en corto al extremeño para "garantizar el recto ejercicio de sus funciones por los órganos que las tienen atribuidas", y apunta que Rocha "fue expedientado, precisamente, por actuar de manera arbitraria".
"Cabe pensar que de acordarse la medida cautelar y continuar el interesado en el cargo de presidente de la RFEF, existe un riesgo real de que estas conductas puedan reiterarse con la consiguiente lesión grave a los bienes jurídicos que la normativa disciplinaria trata de proteger", prosiguen los magistrados.
La sentencia señala además la importancia de "que no ejerza el cargo de presidente de una federación deportiva quien ha sido inhabilitado por extralimitarse en el ejercicio de su cargo por conductas contrarias a los valores deportivos y que son objeto de reproche disciplinario".
Apuntan los magistrados que "los valores deportivos de honestidad y respeto a las reglas que se pretenden proyectar sobre el conjunto de la sociedad demandan el correcto ejercicio de las competencias y de las funciones directivas por las personas que las tienen atribuidas". Por eso, apartan a Rocha de la posibilidad de volver a ser presidente de la RFEF.
"No resulta coherente con ese objetivo", dice la Sala sobre la intención del extremeño de presentarse a las elecciones para dirigir de nuevo la Real Federación Española de Fútbol.