Image: Las Cortes de Castilla y León bajo los Austrias: Una interpretación

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Ensayo

Las Cortes de Castilla y León bajo los Austrias: Una interpretación

José Ignacio Fortea

15 mayo, 2009 02:00

Carlos V, por Tiziano.

Junta de Castilla y León. 2009. 386 páginas, 25 e.

Las Cortes de la Corona de Castilla -es decir, el amplísimo territorio que incluía buena parte de España, desde Galicia y el Cantábrico hasta el Atlántico andaluz y el Mediterráneo de Andalucía y Murcia, además de las islas Canarias- fueron una institución de enorme importancia en tiempos de los Austrias. Pese a todos los matices que cabe poner a dicho concepto, ellas ostentaban la representación del reino. La historiografía tradicional (Martínez Marina, Colmeiro, Piskorski) consideró que la derrota de las Comunidades de Castilla supuso la sumisión de las Cortes al absolutismo monárquico de Carlos V. Sin embargo, los numerosos e importantes estudios que han venido desarrollándose desde los años setenta nos ofrecen una imagen completamente distinta que desvela, al tiempo, buena parte de las características y límites del absolutismo castellano. Las Cortes posteriores tuvieron una notable capacidad no solo para contener las demandas fiscales de la Corona, sino también para llevar la fiscalidad a los terrenos que más interesaban a las oligarquías urbanas que dominaban dicha asamblea, y aunque ni entonces ni nunca tuvieron atribuciones legislativas, sí que consiguieron influir de forma notable en la legislación real. El sistema creado por el emperador, y que se mantendría con sus sucesores, se basaba en buen número de pactos con los poderes e instituciones del reino, y entre ellos las Cortes.

A diferencia de las asambleas similares de otros reinos y territorios, las Cortes de Castilla no mantuvieron la división en tres brazos o estamentos, sino que los representantes de nobleza y clero no volvieron a ser convocados por el rey desde los años cuarenta del siglo XVI, lo que las convirtió en una asamblea exclusiva de los procuradores de las escasas ciudades que tenían el privilegio de ser convocadas. Las Cortes reflejaban así el poder de las oligarquías urbanas, pero no conviene confundirlas con éstas porque, a pesar de los intentos de reforzarlas como institución, las ciudades mantuvieron tenazmente el control de sus procuradores, lo que daría lugar a una larga serie de negociaciones a tres bandas: rey, Cortes y ciudades. La preeminencia de éstas sobre las Cortes revela la escasa articulación política de la Corona de Castilla, al tiempo que el fracaso en la consolidación institucional de las Cortes explica en buena medida el hecho de que desde 1665 no volvieran a ser convocadas. No fueron suprimidas, sino que lo que se produjo fue lo que se conocía como un largo "hueco de Cortes", o periodo intermedio entre una u otra convocatoria.

Se trata por tanto de una institución peculiar, que refleja asimismo las particularidades del sistema político castellano de los siglos XVI y XVII. José Ignacio Fortea (Córdoba, 1948), el máximo experto actual en las Cortes de Castilla de la época de los Austrias, nos ofrece en este volumen una mezcla de trabajos suyos anteriores -refundidos, en algunos casos, y revisados para evitar repeticiones- y otros nuevos, escritos para la ocasión. El resultado final es un análisis completo de la institución y sus características durante los dos siglos de los que se ocupa, que no deja fuera ningún periodo y analiza con detalle la compleja historia de las Cortes. Lástima que un libro de tanta calidad quede algo afeado por el título. ¿Por qué las Cortes de Castilla y León, cuando eran las de toda la Corona de Castilla? Se trata de una absurda imposición política -ajena al editor- que muestra, una vez más, la falta de respeto a la realidad histórica y la necia obsesión de muchos de los que nos gobiernan por adaptar con fórceps el pasado a los límites de la realidad autonómica actual.