Detalle de Las Cortes de Cádiz, de J. M. Casado

Espasa. Madrid, 2012. 3 vols. 636, 710 y 774 pp. 57 euros

En el año en curso conmemoramos el segundo centenario de la Constitución de Cádiz, primera de las constituciones españolas y modelo para otras muchas tanto en Europa como en América. La ocasión -recordada en las páginas de El Cultural en el número del 16 de marzo- ha dado lugar a diversas iniciativas, de entre las que destaca la obra coordinada por José Antonio Escudero, que constituye un exhaustivo acercamiento historiográfico y jurídico tanto a la constitución gaditana como a la institución que la elaboró: las Cortes Generales y Extraordinarias que, entre 1810 y 1813, se reunieron primero en la isla del León (actual San Fernando) y después en Cádiz, en plena guerra de la Independencia. La iniciativa de redactar y publicar una obra como ésta, inspirada por la idea de no dejar ningún cabo suelto en el análisis de los dos grandes temas tratados, fue de la Fundación Rafael del Pino, que ha contado con el respaldo de diversas instituciones; pero la pieza clave para su ejecución ha sido José Antonio Escudero, catedrático de Historia del Derecho y miembro de las Academias de la Historia y de Jurisprudencia y Legislación. Nadie como él para llevar a cabo con éxito un objetivo tan ambicioso, no solo por su prestigio y su reconocido magisterio en la Historia del Derecho español, sino también por su experiencia en la coordinación de obras de este tipo, pues lo ha hecho ya con éxito en otras ocasiones; entre ellas, en el estudio sobre El Rey. Historia de la Monarquía (2008), reseñado en estas páginas y que fue galardonado con el Premio Nacional de Historia de España en 2009.



En esta ocasión, Escudero ha contado con más de un centenar de autores, españoles, europeos y americanos. Dada la imposibilidad de hacer una mínima mención de las contribuciones de tan amplia nómina de especialistas, resaltaré únicamente tres aspectos. En primer lugar, la sabia batuta del director de orquesta, que ha marcado el plan de la obra, los temas y cuestiones que debía desarrollar cada uno de los autores como si de una pieza musical se tratara, atento a la necesaria armonía del conjunto, pero también a no dejar ningún aspecto fuera de de la composición. En segundo lugar, la variedad de los expertos convocados, pues la ambición del proyecto requería, al igual que una orquesta, especialistas muy variados. Hay historiadores generales (tanto modernistas como estudiosos del XIX), historiadores de la economía, de la religión, de la sociedad, de la cultura, el arte y otros aspectos, además de politólogos, una importante nómina de historiadores del derecho y juristas de diversos campos. Por último, el pluralismo ideológico de los participantes, algo por desgracia no tan frecuente entre nosotros, así como la variadísima procedencia de los autores, académicos, profesores de una treintena de universidades españolas y especialistas de catorce países de Europa y América.



Los tres volúmenes de estudios se dividen en dos partes. En la primera, dedicada a las Cortes, se estudian los antecedentes de dicha institución en la Edad Moderna, así como los numerosos aspectos relativos a las de Cádiz: el proceso de convocatoria, su actuación, y especialmente los diputados. Diversos trabajos buscan asimismo enmarcar las Cortes gaditanas en el ámbito político, sociológico y cultural de la época. Por último, se estudian las grandes reformas de dicha asamblea, entre las que destacan algunas tan importantes como la libertad de imprenta (con la consiguiente supresión de la censura), la abolición de la Inquisición, la tortura y el régimen señorial. La segunda parte, centrada en la Constitución de 1812, analiza sus posibles fuentes y la compara con otras anteriores y posteriores. Estudia también el texto y otros aspectos varios. Pero la parte fundamental es la dedicada a su contenido, minuciosamente desmenuzado en diversos trabajos, antes de concluir con el análisis de su amplia repercusión internacional y su influencia en otros documentos similares.



La constitución gaditana fue, como afirma Escudero, una especie de "catecismo de la revolución liberal", una de las contribuciones de mayor resonancia legadas por España a la cultura jurídica universal. No está de más, por ello, que una sociedad como la española, tan dada a flagelarse y autoculparse de todo tipo de maldades históricas, vuelva los ojos hacia algo de lo que puede sentirse legítimamente orgullosa.