El Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) ha publicado un Decreto por el que se regula la concesión directa de ayudas destinadas a personas afectadas por un ERTE con motivo del COVID-19 y que han perdido su puesto de trabajo con posterioridad a su finalización. El plazo comienza este sábado, 12 de junio y finaliza el 31 de octubre.
El crédito asciende a 3,5 millones de euros y la cuantía de la ayuda a percibir, en modalidad de pago único, será de 300 euros si la persona beneficiaria no tiene hijos a cargo y de 400 euros si tiene uno o más hijos a cargo.
El plazo de presentación de solicitudes para 2021, se extiende desde el día siguiente a la publicación del Decreto hasta el 31 de octubre de 2021, teniendo en cuenta que el plazo de presentación de solicitudes será de un mes desde la extinción del contrato.
Cuando dicha extinción se hubiera producido en el período comprendido desde la declaración del estado de alarma y el día de la publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha de este decreto, el plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del mismo.
Las solicitudes se presentarán preferentemente de forma telemática con firma electrónica, a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es).
Al presentarse de esta forma, la documentación podrá ser digitalizada y presentada junto a la solicitud como archivos anexos a la misma. También se admite la presentación en cualquiera de los registros y por los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Ayudas al alquiler
Asimismo, se ha publicado una Resolución de la Consejería de Fomento, por la que se convocan las ayudas para contribuir a minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de vivienda habitual del Plan estatal de vivienda 2018-2021, y se establecen las reglas de gestión, concesión y pago de las citadas ayudas.
Se concederá a las personas beneficiarias una ayuda del 100% de la renta mensual, que deban satisfacer por el alquiler de su vivienda habitual y permanente, con un máximo de 650 euros de ayuda. Esta cuantía no se minorará en el caso de existir otros titulares del contrato de arrendamiento.
En el supuesto de haber accedido a las ayudas transitorias de financiación recogidas en el artículo 9 del Real Decreto ley 11/2020, la ayuda podrá llegar hasta un importe máximo de 3.900 euros con la que se satisfará total o parcialmente el pago de la renta de la vivienda habitual.
La cuantía total máxima de la presente convocatoria asciende a 1,40 millones de euros en la anualidad 2021. El plazo de presentación de solicitudes será de dos meses a contar desde este sábado, 12 de junio.