El Decreto la Consejería de Sanidad que promueve medidas para evitar el desperdicio alimentario y se facilita la redistribución de alimentos en Castilla-La Mancha entrará en vigor en 20 días tras su publicación este jueves en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha. Dicho Decreto, impulsará un sello de calidad adicional para aquellas entidades que se adhieran de manera voluntaria a estas medidas y contribuyan con este objetivo.
También contempla instrumentos para realizar incitativas de sensibilización e información, así como los medios para reducir el desperdicio y para fomentar una cultura cívica para la redistribución del alimento. Promueve la adhesión voluntaria de los operadores de alimentos en Castilla-La Mancha, puesto que no tiene vocación de vigilancia ni sancionadora, por lo que se prevé establecer códigos de buenas prácticas que afecten a productores y distribuidores que lo suscriban y que se reconocerá a través del sello de calidad que otorga la Consejería de Sanidad.
La adhesión a este código se formalizará con la firma de convenios con organizaciones sectoriales, con consumidores y entidades benéficas y de carácter social. Además, se elaborará un foro para la reducción de desperdicio de alimentos con un plazo máximo de dos meses desde la entrada de en vigor de este decreto.
Asimismo, contempla la puesta en marcha de distintas acciones de sensibilización e información dirigidas a la ciudadanía en general, y de manera especial al ámbito educativo, así como a los operadores de la cadena de producción, distribución y venta de alimentos, entre ellas la elaboración de guías didácticas para abordar el desperdicio alimentario en los diferentes sectores agroalimentarios, la hostelería y la restauración.
Sectores a los que va dirigidos
Según recoge Europa Press, va dirigido al sector primario e industria de transformación, a las empresas de distribución de alimentos o productos alimenticios tales como supermercados y grandes superficies; a las entidades que desarrollen actividades económicas productoras de desperdicio alimentario relacionadas con la hostelería y a las entidades con actividades de restauración tales como los establecimientos de comidas preparadas y los comedores colectivos.
De igual modo, engloba a organizaciones o bancos de alimentos que recolecten y redistribuyan alimentos donados de agentes de la cadena alimentaria y los transporten, almacenen y redistribuyan entre una red de organizaciones afiliadas; a organizaciones benéficas o sociales que reciban los alimentos donados de bancos de alimentos o directamente de agentes de la cadena alimentaria y que suministren estos alimentos a sus beneficiarios; a organizaciones, asociaciones o entidades sin ánimo de lucro de recuperación y redistribución de alimentos, así como a hogares.
Dicho decreto obliga, de igual modo a las Administraciones Públicas, deberán prestar una atención especial a las actividades y medidas de sensibilización, información, formación en las causas y efectos del desperdicio alimentario, y el fomento de participación para formular las directrices adecuadas a las vías de mejora de la eficiencia de la cadena agroalimentaria.
Por ello, la Consejería con competencias en materia de medio ambiente incluirá en sus programas de educación ambiental medidas educativas, materiales y actividades relacionadas con las repercusiones medioambientales en materia de desperdicio alimentario y su prevención, así como la gestión correcta de los residuos de alimentos.
Asimismo, la Consejería competente en materia de consumo impulsará en sus programas de educación de las personas consumidoras iniciativas de carácter pedagógico en materia de prevención del desperdicio alimentario a través de los soportes y recursos formativos previstos para tal fin.
Por su lado, las consejerías con competencias en seguridad alimentaria, agricultura, industria agroalimentaria y alimentación animal elaborarán y publicarán guías didácticas destinadas a cómo abordar el desperdicio alimentario en los diferentes sectores agroalimentarios, la hostelería y la restauración.