A pesar de los más de quince años transcurridos desde su intervención por el Banco de España, CCM todavía protagoniza sucesos generalmente relacionados con los Tribunales de Justicia de este país, en este caso con el Tribunal Supremo. La Sala de lo Civil del Alto Tribunal ha inadmitido los recursos extraordinarios por infracción procesal y de casación interpuestos por Unicaja Banco SA, declarando firme la sentencia de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Córdoba, de fecha 23 de noviembre de 2022.

Un fallo de la Provincial cordobesa que a su vez confirmaba la Sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 7 de la capital andaluza por el que se declara la nulidad de un contrato de préstamo de 3.000.000 millones de euros concedido por Caja Castilla-La Mancha (CCM) al Ayuntamiento de Córdoba, y por el que la Corporación municipal pagó "cuotas desorbitadas", hasta un total de cerca de 10.000.000 de euros.

El origen del problema se remonta al año 2007, dos años antes de la intervención de CCM, fecha en la que el Consistorio cordobés firmaba un préstamo con la caja castellano manchega por importe de 3.000.000 de euros.  Sin embargo, desde 2010, integrada ya la caja en Cajastur, las cuotas de amortización se dispararon encareciendo de forma desproporcionada el préstamo con tributos cada vez más elevados, llegando a amortizar más de tres veces el capital inicial concedido.

El origen de tan cuantioso aumento fue motivado porque el préstamo suscrito tenía diez años de intereses fijos muy bajos, del 2,5 por ciento, y a partir de ese momento, se establecían unos precios atractivos variables si el dinero estaba entre el 2 y el 5,5 por ciento. Sin embargo, fuera de ese rango, se activaban enormes penalizaciones hasta alcanzar los cerca de diez millones de euros liquidados y que ahora la sentencia obligó a la entidad- Unicaja- a reintegrarlos al Ayuntamiento, además de condenar en costas a la entidad y ordenar la devolución de los intereses legales.

El Ayuntamiento de Córdoba recurrió para el caso al letrado Rafael Montes, experto en Derecho Bancario, que ya había obtenido una resolución del Tribunal Supremo  de 24 de marzo de 2.015 que eliminaba una cláusula hipotecaria abusiva para más de 40.000 familias de Andalucía de una sola vez.

Trabajadores de Caja Castilla-La Mancha

También el Tribunal Supremo tendrá ahora que dictaminar el recurso de casación presentado por la sección sindical de Unicaja del CSIF para reclamar la homologación salarial en el banco, al entender que vulnera el principio de igualdad establecido en la Constitución y el Estatuto de los Trabajadores. Un recurso que afecta a los trabajadores originarios de Caja Castilla-La Mancha, Caja Cantabria, Caja Extremadura y Cajastur por una diferencia salarial con respecto al resto de empleados.

CSIF Unicaja Banco, que reúne a todos los empleados de las antiguas cajas, reclama una homologación salarial, de forma que los trabajadores que no fueron contratados originariamente por Unicaja pasen a actualizar sus contratos según las condiciones actuales del resto de la plantilla. Según el sindicato, el banco malagueño desembolsa actualmente "tres pagas y media menos al año" a los empleados que proceden de Liberbank. Previamente, la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional concluyó que las diferencias salariales entre los trabajadores de Unicaja y los provenientes de Liberbank están justificadas por la ley y no constituyen discriminación.