Detectan un nuevo foco de viruela ovina en Alcázar de San Juan (Ciudad Real)
Castilla-La Mancha ha determinado nuevas medidas en las provincias de Albacete, Ciudad Real, Cuenca y Toledo.
24 marzo, 2023 09:56Un nuevo foco de viruela ovina ha sido declarado en el municipio ciudadrealeño de Alcázar de San Juan, por lo que la Dirección General de Agricultura y Ganadería ha determinado nuevas medidas sanitarias a adoptar en las explotaciones de ovino y caprino en la Zona de Restricción Adicional (ZRA). Esta zona engloba las provincias de Albacete, Ciudad Real, Cuenca y Toledo.
Según Europa Press, la resolución ha sido publicada este viernes en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha y explica que en septiembre de 2022 se declararon focos de viruela en ocho explotaciones de ganado ovino del municipio de Villaescusa de Haro. Después, en noviembre de 2022 se declararon dos nuevos focos en los municipios de La Alberca de Záncara y Tébar, repitiéndose en enero de 2023 dos nuevos focos en estos dos últimos municipios. Finalmente, se ha declarado un nuevo foco en Alcázar de San Juan.
Todas las explotaciones han tomado medidas de control de enfermedades con refuerzo de medidas de bioseguridad y vigilancia en las explotaciones, así como la aplicación de medidas de restricción de movimiento de animales y productos. Además, se ha llevado a cabo una investigación epidemiológica para tratar de identificar el origen del virus y los posibles contactos de riesgo.
En este sentido, las medidas en las zonas de restricción se han reforzado con un control analítico de todas las explotaciones situadas en el radio de 20 kilómetros de los focos declarados, por lo que se han analizado en una primera ronda 200 explotaciones y 21.000 animales. Asimismo, los controles analíticos en las explotaciones situadas en un radio de 10 kilómetros han supuesto poner el foco en 52 explotaciones con más de 4.500 animales.
Los resultados de estos análisis han permitido detectar el nuevo foco en Alcázar este mes de marzo, próximo al foco detectado en febrero, lo que implica el mantenimiento de las medidas en esa zona. No obstante, en la zona de restricción creada tras la declaración de los focos en La Alberca de Záncara y Tébar no se ha detectado presencia de la enfermedad.
Ante la situación, se opta por continuar con una serie de prohibiciones en las comarcas ganaderas más próximas a los últimos positivos detectados, a la vez que comienza la desescalada de las medidas en las comarcas ganaderas más alejadas para ir recuperando la normalidad, permitiendo, en la Zona de Restricción Adicional (ZRA) la entrada de animales procedentes de explotaciones de reproducción en cebaderos que hayan cumplido una serie de medidas sanitarias.
Debido a la aparición del nuevo foco, es necesario establecer nuevas medidas con el fin de modular las medidas de control que permitan la erradicación total de la enfermedad.
Medidas
Castilla-La Mancha establecerá una Zona Tampón (ZT) constituida por las explotaciones de ovino y caprino de las Comarcas Ganaderas de Quintanar de la Orden, Madridejos, Manzanares, Tomelloso y Belmonte, que no se encuentren incluidas en las Zonas de Restricción (ZR). Habrá una Zona de Restricción Adicional (ZRA) constituida por las explotaciones de ovino y caprino de las provincias de Albacete, Ciudad Real, Cuenca y Toledo, que no se encuentren incluidas ni en las Zonas de Restricción (ZR) ni en la ZT. En la ZT y la ZRA se permite que los mataderos puedan recibir animales procedentes del territorio nacional, para su sacrificio. En cuanto a las salidas se autorizan los movimientos de animales de explotaciones de ovino y caprino, directamente a un matadero, situado en el territorio nacional, para su sacrificio.
Ovinos y caprinos para el trasladado serán sometidos a examen clínicos en las 48 horas previas a la carga. Así, los movimientos entre explotaciones con clasificación zootécnica de reproducción y sus pastos se permitirán siempre que, tanto la explotación de reproducción como los pastos estén situados en la ZRA o en la ZT.
Se permitirán entradas procedentes de explotaciones de reproducción situadas en la ZRA a explotaciones con clasificación zootécnica cebadero, centro de concentración u operador o tratante, situadas en la ZRA. Para que se permita el movimiento, deberán vaciar sus instalaciones y proceder a la limpieza y desinfección de las mismas, siendo comprobada esta por los Servicios Veterinarios Oficiales.
Se requerirá también la desinfección de los vehículos que accedan a explotaciones ganaderas de ovino y caprino, con especial atención a ruedas y bajos.
Esta nueva resolución anula la del 24 de febrero de la Dirección General de Agricultura y Ganadería, por la que se determinan las medidas sanitarias a seguir tras varias declaraciones de viruela ovina y caprina.