La Seguridad Social ha abonado este martes el último pago de la prestación extraordinaria a 62.220 autónomos beneficiarios de esta ayuda en junio, según ha informado el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
Por provincias, se han abonado a 21.103 en Toledo; 15.395 en Ciudad Real; 13.516 en Albacete; 6.159 en Cuenca y 6.047 en Guadalajara.
Del total de autónomos dados de alta en la región en mayo, una media del 42% ha quedado protegido, siendo Albacete la provincia en la que la protección ha llegado a un porcentaje mayor, con un 47,07%, y Cuenca, con un 33,40%, el porcentaje más bajo de protección a este colectivo.
A nivel nacional, se ha abonado este pago a 6 millones de autónomos beneficiarios de esta ayuda en junio, con un coste de 1.138 millones de euros.
La prestación extraordinaria fue aprobada el pasado mes de marzo para los trabajadores autónomos que se vieron obligados a cerrar por el estado de alarma y para quienes, pudiendo continuar con su actividad, tuvieron una caída de la facturación del 75% respecto al promedio de los seis meses anteriores a la solicitud. Supone una prestación equivalente al 70% de la base reguladora (un mínimo de 661 euros al mes) además de la exoneración total de las cotizaciones sociales.
La prestación extraordinaria, que se puede solicitar hasta finales de julio, dejará de estar en vigor este martes, pero el Ministerio ha acordado con las principales asociaciones de trabajadores autónomos nuevas ayudas que sustituyen a la prestación extraordinaria y que se aplicarán a partir de mañana, 1 de julio.
Durante los tres meses y medio que ha estado vigente esta prestación, la Seguridad Social ha destinado 3.708 millones de euros al pago de prestaciones extraordinarias. Cada beneficiario ha percibido de media 723,59 euros al mes (más de 2.600 euros en total si accedieron a la prestación desde el 14 de marzo), una ayuda compatible con la actividad y que se suma a la exoneración temporal de las cotizaciones sociales, que de media ha supuesto otros 313,21 euros cada mes.
El Ministerio ha informado de que la Tesorería General de la Seguridad Social ya ha devuelto la parte correspondiente de la cuota de marzo y abril a todos los autónomos a los que se les concedió la prestación después de haber pasado la orden de cobro.
La prestación ha cubierto a 1,46 millones de trabajadores autónomos en este tiempo, lo que supone el 45,52% de los que estaban de alta de media en mayo.
Las provincias con más autónomos protegidos por esta prestación han sido Santa Cruz de Tenerife (55,01%), Málaga (53,72%), Cádiz (53,65%), Las Palmas (52,19%), Alicante (51,38%), Sevilla (50,08%), junto con Ceuta (57,19%) y Melilla (53,53%).
Los sectores con más beneficiarios, han sido comercio, servicios de comidas y bebidas y actividades de construcción especializada.
Nuevas ayudas
Las nuevas ayudas para autónomos que sustituyen a la prestación extraordinaria, que entrarán mañana en vigor, consisten en la reducción de las cotizaciones sociales durante los próximos tres meses para los autónomos que han percibido la prestación, la compatibilidad de la actividad con el acceso a la prestación ordinaria por cese de actividad y una prestación especial para los trabajadores de temporada de cuatro meses de duración.
Los beneficiarios de la prestación extraordinaria no tendrán que pagar las cotizaciones sociales del mes de julio y tendrán una exoneración del 50% en agosto y del 25% en septiembre, lo que supondrá un ahorro mínimo de más de 500 euros por autónomo durante los próximos tres meses.
Aquellos cuya actividad aún siga muy afectada por los efectos de la pandemia podrán acceder a la prestación ordinaria por cese de actividad si su facturación en el tercer trimestre es un 75% más baja que la del mismo periodo del año pasado, siempre y cuando sus rendimientos netos en el periodo no superen la cuantía equivalente a 1,75 veces el SMI del trimestre.
Esta posibilidad, que será compatible con la actividad, supone un beneficio económico mínimo de 930 euros al mes por trabajador, ya que la prestación económica será equivalente al 70% de la base mínima de cotización que corresponda.
Para acceder a esta prestación ordinaria compatible con la actividad no es necesario esperar a que termine el trimestre, pues se puede solicitar en cualquier momento y, posteriormente, se verificará el cumplimiento de los requisitos. Los autónomos tienen la posibilidad, además, de renunciar a la prestación durante esos tres meses si ven recuperada su actividad.
También por primera vez se establecen ayudas específicas al colectivo de los autónomos de temporada. En su caso, podrán acceder a la prestación extraordinaria (del 70% de la base reguladora más la exoneración de las cotizaciones sociales) con efectos desde el 1 de junio hasta el 31 de octubre.
La solicitud se realiza a través de las mutuas colaboradoras de la Seguridad Social y no se requiere periodo mínimo de cotización. Además, es compatible con cualquier otra prestación de la Seguridad Social que el solicitante viniera percibiendo y fuera compatible con el desempeño de la actividad que desarrollaba.
Podrán solicitar estas ayudas los autónomos cuyo único trabajo a lo largo de los últimos dos años se hubiera desarrollado en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o en el Régimen Especial de Trabajadores del Mar durante los meses de marzo a octubre y hayan permanecido en alta en los citados regímenes como trabajadores autónomos durante al menos cinco meses al año durante ese periodo. Además, sus ingresos en 2020 no podrán superar las 1,75 veces el SMI (23.275 euros).