Hace un par de años ya de la aprobación de la ley de la Eutanasia, que determina como derecho, en España, la eliminación de la propia vida a petición del paciente. La ley sólo en su preámbulo, declara inequívocamente el acto eutanásico como “la actuación que produce la muerte de una persona de forma directa e intencionada mediante una relación causa-efecto única e inmediata…”, mientras en el desarrollo de los distintos artículos habla de la llamada “prestación de ayuda para morir”, en lo que parece un intento de desdramatizar el trance.
Como cristianos reconocemos la vida como un don de Dios y al ser humano, hecho a imagen y semejanza de su creador, dotado de dignidad en sí mismo. Para nosotros, la vida es sagrada e indisponible. Eso implica que debemos protegerla en todas sus fases, desde las más tempranas hasta el final de nuestra vida terrena, sin menosprecio de las intermedias.
Esto no supone que no podamos y debamos dejarnos ayudar por la medicina para el alivio del dolor y el sufrimiento. De hecho, recurrimos a los analgésicos cuando tenemos dolor y a la anestesia para la realización de actos quirúrgicos. Y, del mismo modo, podemos recurrir a la llamada sedación paliativa en las situaciones de últimos días, cuando aparecen diversos síntomas, como el delirio, el ahogo o el dolor, refractarios a tratamientos adecuados en el ámbito médico. Todo ello debe formar parte de un cuidado paliativo de calidad.
Esta sedación paliativa en la agonía, supone la disminución o pérdida de la conciencia mediante medicamentos y, en ningún caso, debemos confundirla con la Eutanasia. ¿Cómo podemos distinguir una otra?
En la sedación paliativa: el paciente está en situación agónica, con síntomas que no responden a otros tratamientos intentados (refractarios), siendo el objetivo aliviar los mismos, con información del paciente y/o sus familiares, mediante fármacos y dosis adecuadas, monitorización de resultados y manteniendo las medidas de higiene y confort.
En la eutanasia: el paciente no está en una situación de agonía (o últimos días de su vida), el objetivo de la actuación es inequívocamente provocar la muerte del sujeto que la ha solicitado, mediante fármacos y dosis letales.
Resumiendo: mientras en la sedación paliativa la intención es acabar con el sufrimiento, y aceptada por la Iglesia, en la eutanasia es terminar con la vida del que sufre y, por tanto, rechazada.
Fernando Viejo. Médico