Digital Castilla

Digital Castilla

Región ORDEN DE VEDAS DE PESCA

Publican la orden que establece dónde, cómo y qué pescar en Castilla-La Mancha

28 marzo, 2018 10:08

El Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) ha publicado la Orden de 26 de marzo de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, de Vedas
de Pesca de 2018, que establece especies, modalidades y masas de agua dónde llevar a cabo esta práctica.

Se indican especies de peces y cangrejos presentes en Castilla-La Mancha, autóctonos y exóticos, especificando el tipo de aprovechamiento permitido, así como su talla mínima si existiese, tal y como se especifica en la orden, recogida por Europa Press.

Se indica la delimitación de las aguas declaradas trucheras con los períodos hábiles para la pesca en dichas aguas, con las excepciones provinciales de aguas de baja montaña, cuya apertura se inicia primer domingo de abril y cierra el 30 de septiembre, así como las aguas de alta montaña, que comienza el primer domingo de mayo y cierra el 15 de octubre. Fuera de estos períodos hábiles queda prohibida la pesca de todas las especies.

Todos los días del período indicado en el apartado anterior son hábiles para la pesca en aguas declaradas trucheras, salvo en cotos que se regirán por su reglamentación específica.

La pesca de la trucha común se autoriza en la modalidad de pesca sin muerte. Los anzuelos empleados en aguas trucheras carecerán de arponcillo. A estos efectos se permite también el uso de anzuelos cuya muerte o arponcillo haya sido previamente inutilizada.

En aguas de alta montaña solo se autoriza el empleo de moscas artificiales y cucharillas con anzuelo simple. En aguas de baja montaña, además de los anteriores, se autoriza el empleo de señuelos artificiales provistos de anzuelos simples. En todas las aguas trucheras se autoriza el cebo natural de origen vegetal para la pesca de ciprínidos con anzuelos simples. No se permite la pesca desde embarcación en aguas declaradas trucheras.

La pesca en aguas no declaradas trucheras se podrá realizar con caña durante todo el año con empleo de cebos no prohibidos y respetando los cupos y tallas mínimas si existiesen. La pesca de la trucha común se autoriza únicamente en la modalidad de pesca sin muerte.