La Junta abre el plazo para solicitar ayudas a centros de la mujer y centros de acogida
La Junta de Comunidades ha abierto un plazo de diez días para que los centros de la mujer y los recursos de acogida de Castilla-La Mancha puedan solicitar subvenciones para la gestión del funcionamiento de estos servicios.
Según recoge hoy la resolución publicada en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM), las beneficiaras de estas ayudas podrán ser entidades locales de la región y entidades privadas sin ánimo de lucro, aunque no tengan su domicilio fiscal en la comunidad autónoma pero tengan establecida la consecución de la igualdad de género entre sus fines.
Por tanto, las líneas de subvención que contempla esta resolución están dirigidas a financiar la gestión de centros de la mujer y la gestión de recursos de acogida, en los que subvencionarán dos tipos de proyectos, los de gestión y funcionamiento y los programas de ayuda para la autonomía de las mujeres víctimas de violencia de género residentes en recursos de acogida.
La cantidad máxima que ha destinado la Junta a esta convocatoria es de 27,2 millones de euros, la mitad de ellos, es decir, 13,6 millones, para 2019 y la otra mitad para 2020, y condiciona el pago a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el ejercicio presupuestario de ambos años.
De los 13,6 millones de euros anuales, 13,3 corresponden a la gestión de centros de la mujer, en concreto, 9,3 millones, y a proyectos de gestión y funcionamiento de los recursos de acogida otros 4,2 millones, mientras que los 291.600 euros restantes están destinados al programa de ayuda para la autonomía de las mujeres víctimas de violencia de género residentes en recursos de acogida.
El plazo de presentación de las solicitudes es de 10 días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de la resolución y su extracto en el DOCM, y las entidades solicitantes presentarán sus peticiones de ayuda únicamente de forma telemática, suscritas o bien por el alcalde de entidades locales o bien por el representante de la entidad sin ánimo de lucro.
Además, las entidades solicitantes deberán cumplir una serie de requisitos que pasan por no estar incursas en las prohibiciones establecidas en la Ley General de Subvenciones, no encontrarse en ningún supuesto de incompatibilidad, disponer de un plan de prevención de riesgos laborales y no haber sido sancionadas con falta grave o muy grave en el último año en el caso de entidades sujetas a esta normativa.
También tendrán que acreditar, con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución, que se hallan al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones por reintegro de subvenciones, tributarias y con la Seguridad Social, y en el caso de entidades sin ánimo de lucro tendrán que estar constituidas e inscritas en el Registro General de Asociaciones o registros correspondientes.
El procedimiento de concesión de las subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia competitiva y el Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha será el órgano que resuelva la convocatoria.