Los grupos PP y PSOE en las Cortes regionales han presentado una proposición de ley que plantea modificar la ley del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha para eliminar la limitación de mandatos del presidente de la Junta de Comunidades en un máximo de ocho años y que dicha limitación sea la que establezca la Constitución u otras leyes estatales. La Proposición de Ley que se debatirá el próximo lunes en las Cortes.

El Boletín Oficial de las Cortes, consultado por Efe, ha publicado este viernes la proposición de ley presentada por PP y PSOE, que ha sido calificada en la reunión de la Mesa de las Cortes celebrada el 12 de julio, que propone modificar el artículo 4 de la ley del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, así como añadir una nueva disposición adicional.

En concreto, la nueva redacción propuesta del artículo 4 es: "El presidente de la Junta de Comunidades es elegido por las Cortes regionales de entre sus miembros, en la forma establecida por el Estatuto de Autonomía".

Ello supone eliminar el apartado segundo de este artículo, en el que se recoge que "no podrá ser elegido presidente de la Junta de Comunidades quien ya hubiese ostentado este cargo durante al menos ocho años, salvo que hayan pasado cuatro años desde la terminación de su mandato".

Además, se propone también añadir una disposición adicional con el siguiente texto: "La limitación de mandatos del presidente de la Junta será la que establezca la Constitución Española para los Presidentes de las Comunidades Autónomas o las leyes del Estado que resulten aplicables.

Argumentos

Argumentan en la propuesta conjunta que las limitaciones de mandatos no tienen referente en la legislación de los regímenes parlamentarios occidentales por las propias características de éstos, como tampoco en la legislación española, ya sea ésta la propia Constitución, la Ley Orgánica de Régimen Electoral General, la legislación básica de Régimen Local o los diferentes Estatutos de Autonomía.

Añaden 'populares' y socialistas que diferentes informes jurídicos, además, "advierten de que esta limitación, al no estar regulada constitucionalmente, puede cercenar o vulnerar derechos de ciudadanía al constituir una causa de inelegibilidad, que debería contemplarse expresamente y de forma general en la propia Constitución Española al afectar a los derechos fundamentales que de las personas como es el propio derecho al sufragio pasivo de los españoles que nuestra Carta Magna consagra".

"Es obvio que un mandato de estas características debe tener la necesaria cobertura constitucional, pues sólo de esta norma puede partir la legítima existencia de restricciones a los derechos fundamentales que en ella se consagran", añade el texto presentado.

Por ello, si se aprueba la propuesta, las Cortes entenderán "la necesidad de encuadrar las limitaciones del derecho fundamental al sufragio pasivo en un debate general y nacional que ordene, coordine e incluso de cobertura constitucional al mismo, a las limitaciones a los mandatos de los presidentes y demás miembros del gobierno nacional o autonómicos".

En concreto, si la propuesta sale adelante en el pleno del próximo lunes, la limitación de mandatos del presidente de la Junta será la que establezca la Constitución Española o las leyes del Estado que resulten aplicables.