ElTribunal de Cuentasha condenado por malversación al ex director general de la Radiotelevisión de Castilla-La Mancha durante el gobierno deMaría Dolores de Cospedal,Nacho Villa.
El tribunal estima que Villa gastó69.349 eurospertenecientes a la radiotelevisión autonómica mediante lastarjetas de créditodel ente público "sin justificación formal o material que demuestre que se destinaron a fines públicos relacionados con la actividad de Radiotelevisión de Castilla-La Mancha".
La sentencia también considera corresponsables de esta situación a tres ex directores financieros del ente público:Ramón Villaverde, Jerónimo de Mesa y Luis Vicéns. El Tribunal de Cuentas les ha ordenado devolver esos 69.349 euros que Nacho Villa abonó en comidas, cenas y alojamientos en hoteles, un gasto que "no tienen justificación en alguna actividad institucional o de interés público de Radiotelevisión de Castilla-La Mancha".
La sentencia, fechada el 6 de julio y a la que ha tenido acceso Efe este miércoles, señala que en concreto, entre el 1 de enero de 2013 y el 13 de abril de 2014 se gastaron sin justificación 47.970 euros; entre el 14 de abril de 2014 y el 15 de septiembre de ese año, 9.342 euros, y entre el 27 de octubre de 2014 y el 11 de septiembre de 2015, 12.036 euros.
En el fallo, se declara "responsables contables directos" de un perjuicio ocasionado a la radio televisión pública a Villa y a los otros tres exdirectivos y también deberán pagar los intereses de dicha cantidad hasta que se ejecute la sentencia.
La sentencia considera que Villa "vulneró la normativa económico-financiera aplicable al uso de las tarjetas e crédito", "provocó un daño real, efectivo, económicamente evaluable e identificado respecto a los fondos públicos determinados" y "actuó con negligencia grave".
Asimismo, la sentencia apunta que Villa es "responsable contable de la suma total del alcance producido" y los otros tres exdirectivos, de forma solidaria con Villa "solo en la parte que corresponde a cada uno en función del periodo en el que participó en la gestión ilegal generadora del daño patrimonial al ente público".
Para el Tribunal de Cuentas, "las conductas ilegales, gravemente negligentes y lesivas para los fondos públicos, atribuibles a los demandados" les convierte en responsables directos y no subsidiarios del alcance producido".