El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha emitido un auto en el que señala que no es necesaria la ratificación del decreto modificado de medidas de prevención del coronavirus publicado por el Gobierno regional, puesto que no afecta a derechos fundamentales.
La administración regional había incluido las modificaciones requeridas después de que el Tribunal Superior de Justicia de la región (TSJCM) denegara la ratificación de las que afectaban a derechos fundamentales de reunión y libertad religiosa y de culto.
Una vez revisado el texto, que entra en vigor hoy mismo, el tribunal declara que no es necesaria la ratificación de las medidas contempladas en el Decreto 57/2021, de 13 de mayo, por no afectar a derechos fundamentales.
En lo que respecta a la introducción de nuevas medidas y nueva redacción de 2 artículos (artículos 30 y 33) la Sala de lo Contencioso-Administrativo estima que no precisan su ratificación al ser medidas que se aplican en establecimientos, instalaciones o actividades abiertas al público, sujetas a autorización administrativa ordinaria.