El Diario Oficial de Castilla-La Mancha ha publicado una Orden de la Consejería de Sanidad por la que se amplían los procesos con garantía del Decreto 91/2018 del derecho a la segunda opinión médica, incluyendo este derecho a casos de patologías mentales graves en infancia y en adolescencia. Esta ampliación entrará en vigor el 1 de enero de 2022.
Según publica el DOCM, se incluye la Patología Mental Grave en la Infancia y Adolescencia, entendiéndose como trastornos mentales graves aquellos que se inician antes de los 18 años y comprometen seriamente el desarrollo emocional, el aprendizaje y la adaptación social.
La consideración de gravedad se basa en la intensidad sintomatológica, frecuencia, curso, repercusión funcional y comportamental, atendiendo a criterios clínicos, en consonancia con las clasificaciones diagnósticas internacionales.
Trastornos
Con respecto a la funcionalidad, deben estar afectadas al menos dos de las siguientes áreas: pensamiento, estado de ánimo, la capacidad de juicio o comprensión, la convivencia con el núcleo familiar o de apoyo primario, la comunicación social y el área escolar.
Los principales grupos de patologías graves, de aplicación en el campo de la infancia y adolescencia, engloban los trastornos generalizados del desarrollo, los trastornos psicóticos, trastornos afectivos graves y trastornos del espectro del autismo.
Se incluye el diagnóstico provisional cuando se cuenta con la sospecha clínica, pero no se puede confirmar que cumpla todos los criterios, o bien en las situaciones en que el diagnóstico diferencial depende exclusivamente de la duración de la enfermedad.
El derecho a la segunda opinión médica sobre este nuevo proceso se ejercerá en las mismas condiciones y con las mismas garantías reguladas en el Decreto 91/2018, de 4 de diciembre, del derecho a la segunda opinión médica.