El juzgado de lo Social número 2 de Toledo, en una sentencia ya firme, ha condenado a la Consejería de Bienestar Social de Castilla-La Mancha a asumir solidariamente las deudas salariales acumuladas por la contrata Netalia Servicios Integrales SL hacia 41 trabajadores, que ascienden a cerca 235.000 euros, a los que hay que añadir el 10 por ciento de mora.
Según ha informado CCOO en un comunicado, estas personas afiliadas al sindicato se ocupan de la limpieza de las sedes de la Consejería de Bienestar Social y de su Delegación de Toledo, cobrarán así las nóminas correspondientes a los siete primeros meses de 2021 que les dejó sin pagar esta empresa, adjudicataria del servicio hasta el pasado 31 de julio, cuando cesó su contrato con la Junta y se marchó sin abonar tampoco los correspondientes finiquitos.
Las cuantías a percibir por cada trabajador oscilan entre los 12.000 euros y los apenas 400, en función de la categoría y, sobre todo, de la jornada laboral de cada una de las personas afectadas, de las que 38 son mujeres y tres varones.
"Todas, en todo caso, lo han pasado muy mal durante mucho tiempo. Ellas y sus familias. Sus economías familiares sufrieron siete meses de suma escasez. Muchos de sus hogares, donde esos salarios son el único dinero que entra, se quedaron sin ingresos durante todo ese tiempo, agotando los exiguos ahorros, solicitando préstamos a familiares y amigos, dejando recibos sin pagar y endeudándose con nuevos créditos, aplazando compras, pasando penurias", ha indicado el responsable de Negociación Colectiva de CCOO-Hábitat Castilla-La Mancha, Carlos García.
El sindicato solicitará de inmediato la ejecución de la sentencia y los trabajadores podrán cobrar. "CCOO valora la sentencia que lo ha hecho posible; especialmente relevante en su reconocimiento de la responsabilidad solidaria de la Junta en tanto empresa principal", ha subrayado Montoya.
Para determinar la responsabilidad solidaria de la Junta reclamada por CCOO, "la magistrada hace una lectura honesta, progresista y empática con los trabajadores, del artículo 42 del Estatuto de los Trabajadores; cuya imprecisión conceptual permite otras interpretaciones, a nuestro juicio inaceptables desde un punto de vista ético y, sobre todo, incongruentes con la realidad que entraña la externalización de servicios por parte de las administraciones públicas y las situaciones que provocan las contratas que incurren en deudas salariales", ha explicado.
El sindicato ha agradecido que, una vez determinada su responsabilidad por la magistrada, el Gobierno de Castilla-La Mancha no haya recurrido esta sentencia.