El Tribunal Superior de Justicias de Castilla-La Mancha (TSJCLM) ha emitido dos sentencias condenatorias contra la Consejería de Desarrollo Sostenible de Castilla-La Mancha por falta de transparencia en la adjudicación de cuatro comisiones de servicio. Estos fallos se producen por las denuncias interpuestas por la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), que había alertado que la adjudicación de estas plazas que había ejecutado sin la publicidad que marca la ley.
En una nota de prensa, el sindicato explica que la entonces Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, a través de la Delegación Provincial de Guadalajara, adjudicó en 2018 y 2019 una serie de plazas, que estaban libres, de coordinadores comarcales y coordinadores adjuntos del Cuerpo de Agentes Medioambientales (ahora dependientes de la Consejería de Desarrollo Sostenible) por medio de comisiones de servicio en Guadalajara, Villanueva de Alcorón, Cogolludo y Molina de Aragón sin publicidad de ningún tipo. "Ni se ofertó en el portal de empleado público, ni en tablón de anuncios ni en el boletín oficial," afirman, por lo que "otros posibles aspirantes a este puesto tuvieron conocimiento de estas comisiones de servicio una vez fueron cubiertas."
El presidente del Sector de Administración General de la Comunidad Autónoma, Joaquín Sánchez, subrayaba que "es indignante que la Administración actúe de esta forma, con una flagrante opacidad". De hecho, recuerda que "se advirtió en su momento a la Dirección Provincial en diversas ocasiones que las mencionadas plazas se habían adjudicado sin ajustarse a derecho, sabiendo que lo que hacía no era correcto ni legal".
La comisión de servicio es una forma de provisión para puestos de trabajo que han quedado vacantes en caso de urgente e inaplazable necesidad, y debe ser cubierto por un funcionario que reúna los requisitos establecidos para su desempeño en la relación de puestos de trabajo. Como en todo acceso a la Función Pública, debe respetar los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad; principios reflejados en la Ley 4/2011, del Empleo Público de Castilla-La Mancha y el Estatuto Básico del Empleado Público y que la Administración autonómica incumplió en 2018 y 2019.
Para CSIF, este logro es muy importante porque "la Administración autonómica, desde que comenzó el proceso judicial, ha procedido a ejecutar sus comisiones de servicio ajustándose a los parámetros de publicidad estipulados por la normativa."
Asimismo, añanden que las sentencias del TSJCLM del pasado 2 de junio y 4 de julio, ambas ya firmes una vez superados todos los plazos, desestiman las apelaciones presentadas por la Junta de Comunidades a las sentencias dictadas por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 1 de Guadalajara, a 28 de septiembre y 22 de octubre de 2020, que ya daban la razón a CSIF sobre la necesaria publicidad y transparencia del proceso. Asimismo, se imponen las costas a la Administración.