La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) ha logrado una sentencia que condena a Laboratorios Indas al pago de 95.024,25 euros a diez trabajadores que realizaban funciones no remuneradas por encima de su categoría profesional.
En concreto, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCLM), a 21 de marzo, acredita que Laboratorios Indas, fabricante de productos sanitarios e higiénicos y pañales infantiles, mantuvo entre 2016 y 2021 a diez trabajadores en su fábrica de Novés (Toledo) en la categoría de carretilleros cuando llevaban a cabo de manera habitual labores de almaceneros.
Así se atestiguaba, incluso, en el informe de Evaluación de Puestos de Trabajo de junio de 2018 y en el informe de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de junio de 2019, ha informado CSIF Castilla-La Mancha en nota de prensa.
De acuerdo al Convenio Colectivo estatal de pastas, papel y cartón, los almaceneros son los encargados de recibir los materiales y mercancías y distribuirlos en las dependencias del almacén, así como de despachar los pedidos, mientras que los carretilleros son los operarios que conducen carretillas de horquilla o de pinzas en labores de carga, descarga, apilado y transporte de material.
Los diez carretilleros defendidos por CSIF llevaban a cabo también labores de almacenaje durante el desarrollo de toda su jornada, ya que se les solicitaba material por el almacén de logística a través del sistema de comunicación existente en la carretilla, calculaban los metros cúbicos que tienen llevar y lo daban de baja en el almacén a través de la pantalla de su carretilla. Además, también recogían el material sobrante y lo volvían a colocar en las estanterías, dándolo previamente de alta en almacén a través de la pantalla de su carretilla.
Dos recursos
El TJSCLM confirma la sentencia del Juzgado de lo Social nº 3 de Toledo, de 8 de noviembre de 2021, que condenaba a Laboratorios Indas al pago de las cantidades citadas; la empresa presentó recurso de suplicación intentando demostrar que los trabajadores no realizaban funciones propias de almaceneros.
CSIF también presentó recurso al entender que las cantidades devengadas deberían ser incluso mayores, ya que no se tuvieron en cuenta los incrementos del complemento salarial de empresa.