La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha desestimado la suspensión cautelar del escalonamiento de los caudales ecológicos del Tajo de 2026 y 2027 establecidos en el Real Decreto 35/2023. Ha considerado que el rechazo "no priva de la finalidad que la Generalitat Valenciana plantea en su recurso por caudal ecológico, que se aplicaría como pronto en 2026".
Ha sido una noticia que ha celebrado el presidente de Castilla-La Mancha y candidato a la reelección, Emiliano García-Page, en su acto de campaña en Casas Ibáñez (Albacete). "Ha sido bajarme del coche en Casas Ibáñez y conocer la noticia de que los tribunales han revalidado y validado el acuerdo que alcanzamos. Por tanto, tiene que haber recorte en el trasvase desde ya".
"En esta tierra hemos dado muchas batallas en las competencias sanitarias, en infraestructuras y en el agua. Es la primera vez que los pleitos por los trasvases que nos hacían, los ponen en Levante contra las decisiones de un acuerdo que ahora deja más agua en mi tierra. Me he dejado la piel para que nos podamos aprovechar también nosotros del agua de todos, que también es nuestra".
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"Tiempo más que razonable"
El auto del Supremo rechaza que, de no acordarse la suspensión, se prive de finalidad legítima al recurso, ya que la impugnación hace referencia a unos caudales ecológicos que no se aplicarían hasta 2026 y 2027. "Es un tiempo más que razonable para que la Sala pueda dictar sentencia, sin perjuicio de que la medida cautelar puede solicitarse en cualquier momento como prevé la Ley".
El recurso de la Generalitat Valencia trataba contra la disposición adicional novena y apéndice 5, referido a los caudales ecológicos del Plan Hidrológico del Tajo, del Real Decreto 35/2023, de 24 de enero, por que se aprueba la revisión de planes hidrológicos de distintas demarcaciones hidrográficas.
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Planteaban suspender el escalonamiento de los caudales
Según informa la agencia EFE, la Generalitat Valenciana planteaba como medida cautelar la suspensión del escalonamiento de los caudales ecológicos del Tajo para los años 2026 y 2027, entre la presa de Bolarque y el embalse de Valdecañas. El auto dicta que "no recurre el primer escalón -de los caudales ecológicos-, aplicable de forma inmediata a la entrada en vigor del Real Decreto 35/2023 hasta el 31 de diciembre de 2025".
"Tal como se ha dicho reiteradamente por la jurisprudencia, ese criterio, no recogido en la Ley de la Jurisdicción, aunque tampoco excluido por ella, debe aplicarse con extrema prudencia por suponer un pronunciamiento sobre el fondo del litigio en los momentos iniciales del proceso", señala el Supremo.
Por ello, "solamente se ha considerado aplicable en los supuestos de impugnación de actos aplicativos de disposiciones declaradas nulas, de los que reiteren o sean idénticos a otros ya anulados o en aquellos casos en que los vicios de nulidad sean manifiestos de manera que no sea preciso examinarlos para su apreciación". Al respecto, la Sala no cree que ninguna de estas circunstancias se da en este caso.
Valencia respeta pero no comparte la decisión
Por su parte, la consejera valenciana de Agricultura y Transición Ecológica, Isaura Navarro, ha mostrado respeto a la desestimación de la suspensión cautelar del escalonamiento de los caudales ecológicos del Tajo, a la vez que ha reconocido que "habría agradecido que el Supremo entendiera cómo funciona la agricultura".
"No tenemos más remedio que respetar la decisión de la Justicia, pero no la compartimos en absoluto. Se están llevando a cabo todas las inversiones necesarias para que la falta de agua nunca llegue a suceder y la agricultura alicantina tenga el agua suficiente para garantizar el futuro de los cultivos y la soberanía alimentaria de la región".
Cabe destacar que la Generalitat Valenciana ya ha anunciado que van a recurrir esta decisión del Tribunal Supremo. "El Gobierno de Ximo Puig no ha cambiado ni un ápice y se mantiene en la defensa del agua para la provincia de Alicante.