La Consejería de Sanidad, a través de la Delegación Provincial de Sanidad en Albacete, ha decretado medidas especiales en materia de Salud Pública de nivel 2 para la contención de la expansión de la Covid-19 en el municipio de Albacete.
Durante la semana epidemiológica número 42 (del 12 al 18 de octubre de 2020), en el municipio de Albacete se declararon al Sistema de Vigilancia Epidemiológica de Castilla-La Mancha un total de 266 casos de Covid-19, lo que supone una tasa de incidencia semanal de 153,5 casos por 100.000 habitantes.
Durante la semana epidemiológica número 43 (del 19 al 25 de octubre de 2020) han sido 332 los casos de Covid-19 declarados en Albacete, lo que supone una tasa de incidencia semanal de 191,5 casos por 100.000 habitantes.
Así pues, entre las semanas epidemiológicas 42 y 43 se han declarado en el municipio de Albacete un total de 598 casos, lo que supone una tasa de incidencia acumulada en los últimos 14 días de 345 casos por 100.000 habitantes.
Atendiendo a la edad, entre ambas semanas epidemiológicas, se han declarado en el municipo de Albacete un total de 81 casos de Covid-19 en personas con 65 años o más años, lo que supone una tasa de incidencia acumulada en los últimos 14 días, en este rango de edad, de 284,6 casos por 100.000 habitantes mayores de 64 años.
La tasa de incidencia acumulada en la semana 43 (próxima a los 200 casos por 100.000 habitantes), la tasa de incidencia en los últimos 14 días (próximas a los 350 casos por 100.000 habitantes), el elevado número de casos registrados en los últimos 14 días (598 casos) y la elevada incidencia en personas de 65 y más años de edad, con una tendencia ascendente muy acusada, se sitúan claramente por encima de los umbrales de alerta establecidos en Castilla-La Mancha.
Estos datos indican que el municipio de Albacete se encuentra en un escenario de riesgo de transmisión comunitaria lo que exige la adopción de medidas de Nivel 2 complementarias a las medidas generales aplicadas por la Consejería de Sanidad en todo el territorio regional.
Asimismo, se recomienda mantener una estrecha vigilancia en la evolución de los indicadores ante la posibilidad de que la incidencia en la semana 44 mantuviera la tendencia ascendente observada en las semanas 43-42 y fuera necesario adoptar medidas Nivel 3.
Medidas Nivel 2
En base a la resolución, se procede al cierre de hogares de jubilados y centros colectivos de sociedades recreativas y culturales.
Asimismo, a la supresión del servicio de barra en todos los bares y restaurantes de la localidad. El aforo en locales cerrados dedicados a esta actividad se reducirá al 50 por ciento del máximo que tuvieran establecido previamente.
Las terrazas de bares y restaurantes reducirán su aforo al 75 por ciento del máximo que tuvieran establecido previamente, manteniendo en todo momento el resto de medidas establecidas en la normativa en cuanto a distancias de seguridad y agrupación.
Se procede a la suspensión cautelar de la actividad en los Centros de Día y a la supresión de visitas sociales en Residencias de Mayores, Viviendas Tuteladas de Mayores y Centros Sociosanitarios en los que residan personas consideradas vulnerables.
La entrada en estos centros de personas ajenas a los mismos se limitará a lo estrictamente necesario.
No se permitirán salidas de residentes salvo razones de fuerza mayor (asistencia sanitaria o deber inexcusable de carácter público), y siempre extremando las medidas de protección durante dicha salida y las de higiene a su vuelta.
Al reingreso deberán establecerse medidas de aislamiento para el residente durante 14 días.
A los trabajadores que tras su periodo vacacional se incorporen a las residencias de ancianos y viviendas tuteladas se les realizará, como paso previo a su incorporación, una PCR para descartar la infección por COVID-19.
Se limita la permanencia de personas en lugares de culto en espacios cerrados mediante la fijación del 40 por ciento del aforo. La permanencia de personas en lugares de culto en espacios al aire libre deberá garantizar la distancia de seguridad interpersonal y el resto de la normativa higiénico sanitaria sobre prevención y contención del Covid-19, no debiendo superar el número máximo de 100 personas. (Esta medida será de aplicación a partir de las 00.00 horas del día 30 de octubre).
Restricción del número de personas en velatorios y cortejos fúnebres (máximo 10) y Restricción del número de personas en eventos sociales tales como bodas y bautizos (máximo 25).
Suspensión de actividades colectivas de ocio, tales como espectáculos u otros eventos que puedan suponer la concentración de personas y no estén reflejados en los otros supuestos contenidos en estas medidas.
Suspensión de la actividad de las escuelas deportivas, municipales o de otra titularidad.
Suspensión de competiciones deportivas no federadas. Las competiciones de ámbito federativo podrán celebrarse sin la presencia de público y conforme a los protocolos en vigencia en cada caso.
Cines, teatros y auditorios limitarán su aforo máximo al 30 por ciento.
Bibliotecas y Museos limitarán su aforo máximo al 30 por ciento.
Cursos, congresos y seminarios tendrán un aforo máximo de 30 personas, respetando en todo momento la ocupación máxima del recinto a un máximo del 50 por ciento del aforo máximo permitido.
Los hoteles sólo podrán contratar el 75 por ciento de su capacidad. El uso de sus zonas comunes se verá limitado en su aforo al 50 por ciento.
Cierre de las Piscinas Municipales y otras instalaciones recreativas de este tipo de uso público independientemente de su titularidad.
En instalaciones deportivas de cualquier titularidad, el aforo máximo será del 30 por ciento en espacios interiores y del 60 por ciento en exteriores.
Disminución de aforos en mercadillos y mercados al aire libre a 1/3 de lo previamente establecido.
Cierre cautelar de parques y jardines en el horario comprendido entre las 22:00 y las 8:00 horas.
En las tiendas y demás establecimientos comerciales, se extremarán las medidas higiénicosanitarias, limitando el número de personas en cada momento de acuerdo a la posibilidad de mantener la distancia interpersonal de seguridad de 1,5 metros dentro del establecimiento.
Se deberá realizar higiene de manos con gel hidroalcohólico en la entrada del establecimiento.
Los supermercados y centros comerciales limitarán su aforo al 50 por ciento, manteniendo las mismas condiciones de higiene previstas para el pequeño comercio.
Se recomienda a la ciudadanía la limitación de los encuentros sociales fuera del grupo de convivencia estable y que los encuentros sociales se limiten a un máximo de 6 personas incluyendo convivientes.