La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Albacete ha condenado a 4 años y 8 meses de prisión a A.L.P., por intentar asesinar a R.G.G., conocido suyo de la infancia, mientras dormía, a quién no podrá aproximarse a menos de 500 metros durante 7 años, indemnizándole en la cantidad de 6.420 euros.
El condenado y la víctima, conocidos de la infancia, habían coincidido paseando en la localidad albaceteña de Hellín y, puesto que R.G.G. se había quedado sin casa, A.L.P. le ofreció alojamiento en su vivienda.
Según la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, los hechos condenados ocurrieron sobre las 3.50 horas de la madrugada del 4 de mayo de 2018, cuando A.L.P. trató de matar a R.G.G. mientras dormía en el sofá.
El condenado se le acercó y le golpeó en la cabeza con un martillo, despertando bruscamente a R.G.G., que antes de que pudiera reaccionar recibió un segundo golpe. La víctima le preguntó el porqué de la agresión, momento en que el agresor le asestó varias puñaladas en el pecho, el costado y el cuello. R.G.G. trató de huir hacia la terraza de la vivienda, cuando recibió otra puñalada más en la pierna mientras A.L.P. continuaba amenazándole.
Fuego provocado
Con el fin de dejarlo atrapado, A.L.P. prendió fuego a un cojín y a una esponja, que lanzó a una de las habitaciones contiguas, así como a las cortinas y a una moto que se encontraba en la entrada de la vivienda, provocando varios focos de incendio.
R.G.G., que trataba de huir, se encerró en un baño donde pidió auxilio por la ventana, llamada a la que acudieron los servicios de bomberos de Hellín, que finalmente pudieron rescatarle.
Como consecuencia de las agresiones, R.G.G. sufrió múltiples lesiones consistentes en heridas en tronco, frente, cuero cabelludo, un corte de 6 centímetros en la pierna derecha y otro de 4 centímetros en la región escapular derecha, así como inhalación de humo. Heridas que requirieron de asistencia facultativa y tratamiento médico.
El condenado padece esquizofrenia paranoide y es consumidor de cocaína y heroína, unas afecciones que afectaron levemente a sus facultades en el momento de la agresión. Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación.