Una vecina de Albacete ha conseguido ganar una batalla contra Hacienda y la Seguridad Social quedando libre de 61.333,81 euros de deuda. Así lo ha indicado la Asociación de Ayuda al Endeudamiento en nota de prensa, donde ha señalado que sus acreedores "no podrán reclamarle ningún pago más".
Según han informado, a mediados de 2019 esta albaceteña había acumulado créditos más de 60.000 euros de deuda, tanto de entidades privadas como públicas. "La situación empezó a ser insostenible e incurrió en impagos. Pedir más préstamos para pagar otros atrasados la había llevado a una espiral en el que las obligaciones económicas superaban sus ingresos mensuales", han explicado.
En esta situación de "inseguridad y agobio", la deudora decidió solicitar asesoramiento a la Asociación de Ayuda al Endeudamiento. Tras estudiar las opciones, los abogados le aconsejaron declararse insolvente y tramitar el proceso de Ley de Segunda Oportunidad.
Antes de pedir la condonación conseguida, la deudora propuso un acuerdo extrajudicial a todos sus acreedores y los abogados de la Asociación, Andrea Olcina y Fran Bautista, solicitaron a los Juzgados de Albacete la cancelación del 100 % de las deudas, lo cual fue aceptado por la jueza titular del Juzgado de Primera Instancia número 3.
Una vez llegados a la fase final, la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) y la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) se opusieron al perdón de sus créditos, alegando que eran de Derecho Público. Esto dio lugar a una “batalla” entre los letrados de ambas partes -deudora y administraciones- que se saldó el pasado 22 de julio. En esta fecha, la magistrada -aplicando el sentido común y los principios generales del Derecho- ha sido tajante: "El Tribunal Supremo incluye en el plan de pagos y en el BEPI el crédito público, y resuelve de este modo que dicho crédito no es inmune al mecanismo de segunda oportunidad".
En este mismo sentido, la jueza hace referencia a resoluciones que confirman su postura en otras provincias como Sevilla, Barcelona, Pontevedra o Baleares.
La sentencia, concediendo el BEPI (Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho), ha supuesto dejar a esta deudora libre de 61.333,81 euros, tras constatar que cumple todos los requisitos para acogerse al procedimiento.
Con esta sentencia los acreedores de la concursada- incluido la TGSS, AEAT, Banco Sabadell, Caixabank o BBVA- no podrán reclamar ningún pago más ni incluir en ficheros de morosos a la ya ex-deudora.
No es el primer caso en el que la Asociación de Ayuda al Endeudamiento gana la batalla frente a las Administraciones Públicas en Albacete. También con la sentencia el 22 de julio, fue el mismo Tribunal el que rechazó la oposición de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, condonando en dicha ocasión más de 18.000 euros. Todas las sentencias favorables de la Asociación de Ayuda al Endeudamiento son de acceso gratuito en su web www.liberatusdeudas.es.