El uso de los patinetes eléctricos para desplazarse rápidamente y sin esfuerzo es un hecho cada vez más generalizado en todas las ciudades de España. Albacete no es una excepción y ya son muchos los vecinos que utilizan este tipo de vehículos como medio de transporte. Y, pese a que no es necesario obtener una licencia para conducirlos, están sujetos a una normativa que en ocasiones sigue resultando bastante desconocida.
No sabemos si el protagonista de esta historia, un joven de 30 años, sabía que estaba cometiendo una infracción o no, pero la realidad es que fue sancionado este lunes pasadas las seis de la tarde, cuando fue interceptado por la Policía Local de Albacete, en el cruce entre las calles Zaragoza y Quevedo.
Los agentes sometieron al conductor del patinete a una prueba de alcoholemia y como el resultado de la misma resultó ser positivo fue denunciado por vía administrativa al hacer uso del vehículo con una tasa de alcohol superior a la permitida.
Desde diciembre de 2019, cuando se publicó una primera instrucción transitoria de la Dirección General de Tráfico (DGT) al respecto, que fue ratificada mediante una normativa vigente desde enero de 2021, los conductores de los vehículos de movilidad personal (VMP) tienen la obligación de someterse a las pruebas de alcohol y drogas, enfrentándose a posibles sanciones con las mismas cuantías económicas que si condujeran otro tipo de vehículo. Así, en caso de sobrepasar la cantidad de alcohol permitida las multas oscilan entre 500 y 1.000 euros en función de la tasa y en caso de que se encuentre presencia de drogas la multa será de 1.000 euros.
Además, si el conductor da positivo a alcohol o drogas, el patinete eléctrico es inmovilizado por los agentes, tal y como ocurre con el resto de vehículos.
Otras normas
Por cierto, los usuarios de los patinetes eléctricos, que nunca podrán superar los 25 kilómetros por hora de velocidad máxima, tampoco pueden circular por las aceras ni por las zonas peatonales, hacer uso del teléfono móvil o auriculares durante la conducción (bajo sanción de 200 euros) ni llevar de 'paquete' a otra persona, entre otras normas comunes en toda España.