Una hostelera de Albacete ha conseguido cancelar la deuda de 55.000 euros que le quedó tras arruinarse a causa del Covid y lo ha hecho gracias a la Asociación de Ayuda al Endeudamiento, que ha logrado aplicarle la Ley de Segunda Oportunidad

La llegada de la pandemia supuso un antes y un después para esta albaceteña, que intentó poner todos los medios para salvar su negocio. Debido al Estado de Alarma decretado por el Gobierno y las consiguientes restricciones, los ingresos de su bar cayeron en picado.

La protagonista del caso abrió su negocio en 2019, al que dedicó todos sus ahorros y para el que necesitó también apoyo financiero de algunas entidades.

El buen arranque del local le permitió soñar con un futuro esperanzador, pero pronto recibió un revés en la vida cuando, en marzo de 2020, el Gobierno decretó el Estado de Alarma. Las restricciones generadas afectaron notablemente a sus ingresos.

A pesar de aguantar algunos años subsistiendo con lo que podía, las cuotas de todos los préstamos no las llevaba al día y le era imposible compensar todo. No tenía ninguna propiedad que vender para poder pagar y estaba siendo amenazada de embargo.

Ley de Segunda Oportunidad

Fue entonces cuando decidió solicitar ayuda a profesionales y contactó con la Asociación de Ayuda al Endeudamiento, que, tras analizar la situación y las causas de la insolvencia, le aconsejó acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad.

"Con el inicio de la Ley de la Segunda Oportunidad iba obtener un beneficio inmediato: un respiro económico, ya que cualquier pago o proceso de embargo quedaba en suspenso hasta que se resolviese el asunto por el juez", ha explicado el letrado Pepe Domínguez.

Fue en el Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Albacete donde se llevó a cabo el concurso de acreedores de la deudora, demostrando su incapacidad económica para poder afrontar la deuda. Por ello, se solicitó la exoneración definitiva de la misma acreditando que no existía ningún bien con el que pagar.

Para optar a la condonación de las deudas el deudor debe cumplir tres requisitos esenciales: no haber sido exonerado en los cinco últimos años, ser insolvente y carecer de delitos de orden socioeconómico.

El Juzgado conocedor de este procedimiento comprobó estos requerimientos y el pasado junio fue dictada la sentencia concediendo el EPI (Exoneración del Pasivo Insatisfecho), que ha supuesto dejar a la albaceteña libre de pagar 56.579,03 euros. Tan solo le quedan pendientes 613,46 euros con la Seguridad Social.