La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Ciudad Real tiene previsto juzgar este martes, 15 de marzo, a las 10.00 horas a R.N.O., acusado de traficar con cocaína en la localidad ciudadrealeña de Alcázar de San Juan.

Según el escrito, se le acusa de un delito contra la salud pública y piden 4 años y 6 meses de prisión, así como 4.986 euros de multa con la responsabilidad subsidiaria de 6 meses de prisión en caso de impago.

Los hechos se produjeron durante julio y agosto de 2021, meses en los que el procesado se dedicaba a elaborar cocaína en un piso ubicado en Alcázar de San Juan con el fin de venderla a terceros.

Investigación

El 3 de agosto de 2020, sobre las 22.45 horas, el acusado fue visto saliendo del piso portando un objeto de gran tamaño en una bolsa de plástico. Los agentes policiales intervinieron y encontraron un recipiente redondo que contenía una báscula digital, una brocha, unas tijeras, un vaso de plástico, un alambre fino de color verde y una bolsa de plástico que contenía 72.08 gramos de cocaína, cantidad que tiene un precio de casi 900 euros en el mercado ilícito.

Un mes después, los agentes procedieron a entrar y registrar los domicilios del investigado, donde encontraron en el salón y en la cocina en el interior de un recipiente de plástico con tapa dos bolsas conteniendo en su interior 14,81 gramos de cocaína listos para su venta.

En el segundo domicilio encontraron 7,37 gramos de droga y 465,50 de sustancia "de corte" así como una bolsa de plástico blanca con resto de plástico para papelinas, una cuchara y dos papelinas con restos de cocaína, así como 120 euros en efectivo procedentes de su actividad ilícita.

Del mismo modo fueron hallados en el primer domicilio diversos efectos en el interior de una mochila destinados a la elaboración y venta a terceros de cocaína como una prensa para aplastar la sustancia, un gato hidráulico y una plancha para prensar, entre otros.

Según el escrito, procede la sustitución de la pena impuesta al acusado por su expulsión del territorio nacional una vez que se hayan cumplido en España 2/3 de su extensión, así como la prohibición de entrada en España durante un plazo de 7 años a contar desde la fecha de su expulsión.