La Audiencia Provincial de Ciudad Real ha condenado a una empresaria a dos años de cárcel por estafar a trece mujeres tras crear una empresa con el objetivo de lograr un enriquecimiento ilícito.
Para ello, según la sentencia consultada este viernes por Efe, contactó con varias mujeres en situación de desempleo, algunas de larga duración, ofreciendo inicialmente un puesto de trabajo para lo que concertaba con ellas reuniones en el Hotel Cumbria de Ciudad Real.
Una vez que mantenían la entrevista con ella, la empresaria desvelaba que en realidad no ofrecía puestos de trabajo, sino que eran cursos de formación para emprender un negocio de comercio electrónico.
La empresaria afirmaba que este tipo de negocios estaba en alza y aseguraba sus ganancias, su facilidad y accesibilidad para personas legas en tal ámbito y la inexistencia de riesgos asumibles por cuanto el gasto se cubría con la percepción de subvenciones públicas tanto autonómicas como locales.
Firmaron
Tras unas primeras reuniones que servían para convencer a las clientas, la acusada logró que las mismas firmasen diversos contratos que se denominaban de "arrendamiento de servicios profesionales de asesoramiento en la puesta en marcha de negocio online", entre su mercantil y las clientas, variando la fecha, el precio del contrato y su dedicación e incluyéndose en el mismo determinadas prestaciones.
Una vez obtenida la firma, y el precio del contrato, comenzaba la formación -de muy escaso contenido- y el inicio del comercio electrónico mediante la facilitación de un dominio web, en la mayoría de los supuestos para venta de electrodomésticos, cuyos resultados fueron inapreciables, con ventas insignificantes y fracasando en todos los casos.
Ninguna de las perjudicadas recibió subvención alguna y tampoco recuperó el dinero entregado, y la cifra total defraudada fue de 65.685 euros.
La sentencia también condena a la mercantil, cuya accionista mayoritaria y administradora única es la condenada, a una multa que asciende al triple de lo defraudado, 197.055 euros y la prohibición de realizar actividades de formación y promoción de comercio electrónico por tiempo de dos años.