Jacinta Monroy en 2022 durante la inauguración de la depuradora de Argamasilla de Calatrava.

Jacinta Monroy en 2022 durante la inauguración de la depuradora de Argamasilla de Calatrava.

Ciudad Real ARGAMASILLA DE CALATRAVA

El Tribunal Supremo absuelve a una conocida exalcaldesa de Ciudad Real por el caso "Filtro Verde"

El Alto Tribunal ratifica que Jacinta Monroy no fue responsable de los vertidos sin depuración adecuada en Argamasilla de Calatrava.

9 diciembre, 2023 08:52

El Tribunal Supremo ha cerrado definitivamente el caso "Filtro Verde" ratificando la sentencia de la Audiencia Provincial de Ciudad Real que en 2021 absolvió de responsabilidad penal a la exalcaldesa de Argamasilla de Calatrava, Jacinta Monroy, y a a los concejales Antonio Gil Muñoz y Jesús Manuel Ruiz Valle -actual regidor- por supuestos delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente, imputados por la Fiscalía, por vertidos de aguas residuales sin depurar procedentes del municipio y su polígono industrial en la zona conocida como 'El Juncal' desde el año 2014.

El Alto Tribunal, con una sentencia de la Sala de lo Penal firmada el 8 de noviembre, desestima "todos los motivos esgrimidos por la acusación particular de la vecina de 'El Juncal' que inició el caso", ha informado en una nota de prensa el Ayuntamiento, que ha recordado que dicha ciudadana ha sido "condenada al pago de las costas procesales de un procedimiento que, en esta última instancia, no ha contado con el respaldo de Fiscalía ni de Ecologistas en Acción".

Hace dos años la Audiencia Provincial de Ciudad Real sentenció que, pese a que "es indiscutible que el actual sistema de depuración de las aguas residuales por el filtro verde resulta obsoleto y no es el adecuado para un municipio como Argamasilla de Calatrava, con aproximadamente 6.000 habitantes", no puede "per se" dar lugar a responsabilidad penal, y más cuando la alcaldesa mantuvo en todo momento "una constante preocupación y búsqueda de soluciones"

Ahora, después del recurso de la vecina, el Tribunal Supremo se adhiere a esa tesis y concluye, en un apartado de su fallo, que "en ningún pasaje de los hechos probados se declara que los acusados conocieran que los vertidos de los residuos estuvieran causando daños graves en el medio ambiente o en la salud de las personas". "Por el contrario, en el apartado cuarto del relato de hechos probados la sentencia [de la Audiencia Provincial] destaca la actuación de la alcaldesa, como directa responsable de los vertidos, para mejorar el servicio y para dotar al municipio de una estación de aguas residuales", infraestructura que estaba ya en ejecución en el transcurso del juicio.

El Ayuntamiento, en referencia a la decisión del Supremo, asegura que "este veredicto último de la Justicia avala el resto apartados cuestionados de la sentencia emitida en Ciudad Real, como la inexistencia de falsedad documental o la no acreditación de que se hubiera producido delito contra el medio ambiente, lesión de derechos a la integridad física, a la inviolabilidad del domicilio o a la intimidad personal y familiar".