La Consejería de Sanidad, a través de la Delegación Provincial de Sanidad en Cuenca, ha decretado la prórroga de medidas especiales de nivel 3 en los municipios de Horcajo de Santiago y Villanueva de la Jara.
Durante la semana epidemiológica número 53 del 2020 (del 28 de diciembre de 2020 al 3 de enero de 2021), en el municipio de Horcajo de Santiago se declararon al Sistema de Vigilancia Epidemiológica de Castilla-La Mancha un total de un total de 55 casos de Covid-19 lo que supone una tasa de incidencia semanal de 1.574,6 casos/100.000 habitantes.
Durante la semana epidemiológica número 1 del 2021 (del 4 al 10 de enero de 2021), fueron 79 casos, lo que supone una tasa de incidencia semanal de 2.261,7 casos/100.000 habitantes. Así pues, entre las semanas epidemiológicas 53 y 1 se han declarado en el municipio de Horcajo de Santiago un total de 134 casos, una tasa de incidencia acumulada en los últimos 14 días de 3.836,2 casos/100.000 habitantes.
La situación en Villanueva de la Jara
Por su parte, en Villanueva de la Jara, durante la semana epidemiológica número 53 del año 2020 se declararon 25 casos de coronavirus, una tasa de incidencia semanal de 1.11,6 casos/100.000 habitantes, y la siguiente semana, 38 casos, esto es una tasa de incidencia semanal de 1.689,6 casos/100.000 habitantes.
Así pues, entre las semanas epidemiológicas 53 y 01 se han declarado en el municipio de Villanueva de la Jara un total de 63 casos de Covid-19, lo que supone una tasa de incidencia acumulada en los últimos 14 días de 2.801,2 casos/100.000 habitantes.
Los dos pueblos se encuentran en un escenario de transmisión comunitaria, lo que exige el mantenimiento de medidas de nivel 3, que se adoptan por un espacio de 10 días, y entre las cuales destacan el cierre de bares, pubs, cafeterías, establecimientos de restauración y similares a las 22:00 horas.
Para garantizar el control de aforo y el mantenimiento de las medidas de seguridad, en establecimientos de hostelería queda prohibido el servicio a las personas usuarias que no se encuentren sentadas en las mesas dispuestas a tal efecto, tanto en espacios al aire libre como cerrados, así como el consumo de comidas y bebidas fuera de estas.
Los locales comerciales, incluidos supermercados y centros comerciales, limitarán su aforo a un tercio del aforo máximo. Con vistas a facilitar el control de aforo, aquellos establecimientos, superficies o centros comerciales que dispongan de plazas propias de aparcamiento, deberán anular el 70 por ciento de las mismas.