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El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso contra la decisión del Consejo de Ministros de cerrar el tramo de ferrocarril convencional entre Tarancón y Utiel, perteneciente a la línea Aranjuez-Valencia Fuente de San Luis y que discurre casi en su práctica totalidad por la provincia de Cuenca.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha argumentado que esta decisión tomada el 21 de febrero de 2023 "no es disconforme a derecho" dado que los recurrentes han denunciado una "supuesta ilegalidad sin aportar elementos probatorios concretos que acrediten la arbitrariedad o la vulneración de derechos, por lo que no existe fundamento legal que justifique su anulación", ha informado el Alto Tribunal.

Este recurso contencioso-administrativo fue presentado hace más de un año por una decena de ayuntamientos de las provincias de Madrid, Valencia, Toledo y Cuenca como Huete, donde nació la agrupación por la defensa de esta línea férrea 'Pueblos con el tren'.

Entre otros efectos, esta batalla judicial mantenía parado el Plan X Cuenca, la alternativa de movilidad suscrita a cinco bandas por Ministerio, Junta, Diputación y Ayuntamiento para potenciar las alternativas de tren AVE y Avant, así como el autobús, como alternativa al tren convencional. Entre las medidas que recoge este acuerdo, se contempla la construcción de un aparcamiento en Cuenca capital en terrenos propiedad de Adif. 

En relación a la rentabilidad económica, la sentencia se refiere un informe de la empresa estatal INECO que describe el estado actual de la línea "evidenciando el débil tráfico que soporta la infraestructura" y que  señala un "estado de conservación deficiente, con limitaciones significativas de velocidad debido al deterioro acumulado". En el mismo sentido, también detalla la "disminución de población en las zonas afectadas desde 2009 y la constante caída de la demanda de usuarios".

Este documento añade, según explica el Supremo, que la línea no alcanza los umbrales mínimos establecidos en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 2017, especialmente en cuanto a la ratio de compensación por viajero y recurrencia.

Justificación social

Respecto a la justificación social del cierre de la línea, la sentencia explica que no deriva del informe de INECO sino en especial del Protocolo General de Actuación para el desarrollo de un proyecto integral de movilidad, desarrollo territorial y transformación urbana en la provincia de Cuenca, asociado al cambio de uso de ese tramo, el Plan X Cuenca.

Según destaca la Sala, ese protocolo suscrito en marzo de 2022 es un acuerdo consensuado fruto de la colaboración y cooperación entre diversas administraciones, todas ellas afectadas por la decisión final de cierre.

El tribunal concluye que del análisis de las alegaciones formuladas en el periodo de consulta por diversas Corporaciones representativas de los intereses de sus respectivas poblaciones, así como del contenido del Protocolo de Actuación, se desprende que "el Consejo de Ministros ha dispuesto de la información suficiente para poder adoptar la decisión de la clausura del tramo ferroviario Tarancon-Utiel, desde la perspectiva de la valoración del interés social".

Beneficios del cierre

La Sala señala que se recogen "varios aspectos sociales positivos" con la clausura de esta línea como el incremento los servicios ferroviarios AVANT en la línea de alta velocidad Madrid-Cuenca-Albacete y la extensión de servicios alternativos de transporte público en las localidades afectadas.

De igual modo, señala la conversión de la línea en 'vía verde' destinada a peatones y ciclistas, o cualquier otro uso alternativo que pueda determinarse a nivel local, y la previsión de promover la generación de riqueza y la creación de nuevas actividades económicas en torno a esta infraestructura.

"A juicio de esta Sala, estas medidas buscan transformar el impacto de la clausura en oportunidades para el desarrollo social  y económico de la región, lo que justifica el cierre de la vía de ferrocarril desde la perspectiva de la rentabilidad no solo económica, sino también, y en especial, social", concluye el comunicado del Tribunal Supremo.