La Audiencia provincial de Guadalajara ha condenado a 26 años y medio de cárcel a un hombre acusado de matar a su pareja con arma blanca en su domicilio de Azuqueca de Henares (Guadalajara), en 2017, y que fue declarado culpable por el jurado popular el pasado 12 de marzo.
El jurado consideró probado el delito de asesinato con alevosía y ensañamiento, si bien admitió la atenuante de arrebato y además consideró probado un delito de género con agravante de parentesco.
La sentencia dictada por el tribunal condena al acusado a 21 años de prisión por un delito de asesinato con alevosía con la concurrente de agravante de la responsabilidad criminal de parentesco y atenuante de arrebato, y a otros cinco años y medio de prisión por dos delitos de lesiones psíquicas con la concurrente de agravante de la responsabilidad criminal de parentesco.
Asimismo se le priva de la patria potestad de su hijo durante el tiempo de condena y se le prohíbe aproximarse a los dos hijos de la víctima a menos de 500 metros durante 27 años y 6 meses.
También se le impone la medida de libertad vigilada por tiempo de siete años y seis meses tras salir de la cárcel.
En concepto de responsabilidad civil se le condena a indemnizar con 150.000 euros a cada uno de los tres hijos de la víctima y con 45.000 euros a cada uno de los padres de la víctima.
Con los niños dentro de la casa
Los hechos tuvieron lugar el 28 de diciembre de 2017, en una vivienda de la calle San Miguel, de Azuqueca, en la que el acusado, de 40 años, tras retomar una discusión de la noche anterior con la víctima, J.A.M., de 37 años, la degolló en el cuarto de baño, cuando la mujer se encontraba “arrinconada y desprevenida”, y lo hizo ademas “de forma sorpresiva e inesperada sin que la víctima tuviera posibilidad de defenderse”, según la acusación fiscal, un hecho que fue considerado por el jurado para declarar su culpabilidad por asesinato.
La pareja tenía un hijo en común de 14 meses y la víctima además tenía dos hijos, un niño de 12 años y una niña de 9, que se encontraban en el domicilio cuando ocurrieron los hechos y necesitaron asistencia psicológica tras lo ocurrido.
Contra esta sentencia cabe recurso de apelación en el Tribunal Superior de Castilla-La Mancha.