La Consejería de Sanidad ha decretado medidas especiales en las localidades guadalajareñas de Azuqueca de Henares, donde en las semanas epidemiológicas 36 y 37 se han declarado un total de 150 casos de COVID-19, lo que supone una tasa de incidencia acumulada en los últimos 14 días de 428.46 casos/100.000 habitantes, y de Mondéjar, con 34 casos, también por encima de los umbrales de alerta establecidos en Castilla-La Mancha.
En el caso de Mondéjar, la Junta precisa que la intensa relación socio-laboral con la Comunidad de Madrid indican que este municipio se encuentra en un escenario de riesgo, lo que exige la adopción de medidas complementarias a las generales aplicadas por la Consejería de Sanidad en todo el territorio regional, y así tratar de minimizar la ya existente transmisión comunitaria en el municipio y en localidades del entorno y con los que mantiene estrecha relación, como la zona del Corredor del Henares.
Las medidas se basan en el mantenimiento de distancia interpersonal evitando aglomeraciones y también evitar prácticas de riesgo por ignorar medidas básicas de higiene, protección de las poblaciones vulnerables y promoción del control y educación sanitaria.
Las medidas complementarias propuestas deberán adoptarse de manera inmediata durante al menos 14 días, ha informado la Consejería de Sanidad en una nota de prensa, donde precisa que las actuaciones sobre locales de ocio incluyen el cierre de hogares de jubilados y centros colectivos de sociedades recreativas y culturales.
La supresión del servicio de barra en todos los bares y restaurantes de la localidad. El aforo en locales cerrados dedicados a esta actividad se reducirá al 50 % del máximo que tuvieran establecido previamente
Las terrazas de bares y restaurantes reducirán su aforo al 75 % del máximo que tuvieran establecido previamente, manteniendo en todo momento el resto de medidas establecidas en la normativa en cuanto a distancias de seguridad y agrupación.
Respecto a los Centros Socio-Sanitarios, suspensión cautelar de la actividad en los Centros de Día, supresión de visitas sociales en Residencias de Mayores, Viviendas Tuteladas de Mayores y Centros Sociosanitarios en los que residan personas consideradas vulnerables; la entrada en estos centros de personas ajenas a los mismos se limitará a lo estrictamente necesario.
No se permitirán salidas de residentes salvo razones de fuerza mayor (asistencia sanitaria o deber inexcusable de carácter público), y siempre extremando las medidas de protección durante dicha salida y las de higiene a su vuelta.
Al reingreso deberán establecerse medidas de aislamiento para el residente durante 14 días. Los residentes con IgG positiva previa, o que hayan superado la Covid-19 en el plazo de los seis meses previos (considerando caso con infección resuelta) no precisarán de dicho aislamiento preventivo.
A los trabajadores que tras su periodo vacacional se incorporen a las residencias de ancianos y viviendas tuteladas se les realizará, como paso previo a su incorporación, una PCR para descartar la infección por COVID-19.
Todas las celebraciones religiosas limitarán el aforo al 50 % de su capacidad habitual, siempre que se mantengan las medidas de distanciamiento interpersonal.
Se restringe asimismo el número de personas en velatorios y cortejos fúnebres (máximo 10) y el número de personas en eventos sociales tales como bodas y bautizos (máximo 25).
Se suspenden las actividades colectivas de ocio, tales como espectáculos u otros eventos que puedan suponer la concentración de personas y no estén reflejados en los otros supuestos contenidos en estas medidas
Asimismo se procede a la suspensión de la actividad de las escuelas municipales, eventos deportivos y culturales promovidos por el Ayuntamiento, por asociaciones, peñas o por particulares, y se decreta el cierre cautelar de cines, teatros y auditorios, bibliotecas y museos.
Los hoteles sólo podrán contratar el 75 % de su capacidad y el uso de sus zonas comunes se verá limitado en su aforo al 50 por ciento.
La resolución también conlleva el cierre de la Piscina Municipal y otras instalaciones recreativas de este tipo de uso público independientemente de su titularidad y las piscinas comunitarias de bloque de edificios no podrán superar el 25 % de su capacidad
Se procede a la suspensión de espectáculos deportivos con asistencia de público, supresión de espectáculos taurinos y a la suspensión de mercadillos y mercados al aire libre, con excepción de aquellos casos en los que se dependa en la localidad de este tipo de comercio para el abastecimiento de productos de primera necesidad, limitando en ese caso su apertura a los puestos dedicados a la comercialización de este tipo de productos.
Se procede, asimismo, al cierre cautelar de parques y jardines, los supermercados y centros comerciales limitarán su aforo al 50 %, manteniendo las mismas condiciones de higiene previstas para el pequeño comercio y se recomienda a la ciudadanía la limitación de los encuentros sociales fuera del grupo de convivencia estable y que los encuentros sociales se limiten a un máximo de 10 personas, incluyendo convivientes.