La Consejería de Sanidad, a través de la Delegación Provincial de Sanidad en Guadalajara, ha emitido una resolución para la prórroga de las medidas especiales establecidas el 8 de octubre, con el objetivo de contener la expansión de la covid-19 en las localidades de Villanueva de la Torre y Marchamalo.
En Villanueva de la Torre se han declarado un total de 33 casos entre las semanas epidemiológicas 40 y 41, lo que supone una tasa de incidencia acumulada en los últimos 14 días de 502,05 casos por 100.000 habitantes, según ha informado la consejería de Sanidad en nota de prensa.
La razón de tasas de incidencia entre las semanas 40 y 41 es de 0,5, lo que indica una tendencia descendente entre ambas semanas, pero la tasa de incidencia acumulada y el número de casos registrados en este periodo se sitúan claramente por encima de los umbrales de alerta establecidos en Castilla-La Mancha.
En lo que respecta a Marchamalo, en las semanas epidemiológicas 40 y 41 se han declarado un total de 43 casos de Covid-19, lo que supone una tasa de incidencia acumulada en los últimos 14 días de 575,33 casos por 100.000 habitantes.
La razón de tasas de incidencia entre ambas semanas es de 1,15, lo que indica una tendencia ascendente de una semana a la otra, de modo que la tasa de incidencia acumulada, el número de casos registrados en los últimos días y la razón de tasas se sitúan claramente por encima de los umbrales de alerta establecidos en la región.
"Todo ello, sumado a la proximidad a zonas de la Comunidad de Madrid con elevada incidencia, indica que tanto Villanueva de la Torre como Marchamalo se encuentran en un escenario de riesgo de transmisión comunitaria, lo que exige el mantenimiento de medidas complementarias de nivel 2 a las medidas generales aplicadas por la Consejería de Sanidad en la región",argumenta la autoridad sanitaria regional.
Entre las medidas a adoptar destaca el cierre de hogares de jubilados y centros colectivos de sociedades recreativas y culturales, se suprime el servicio de barra en todos los bares y restaurantes de la localidad y el aforo en locales cerrados dedicados a esta actividad se reducirá al 50 por ciento del máximo que tuvieran establecido previamente.
Las terrazas de bares y restaurantes reducirán su aforo al 75 por ciento del máximo que tuvieran establecido previamente, manteniendo en todo momento el resto de medidas establecidas en la normativa en cuanto a distancias de seguridad y agrupación.
Para garantizar el control de aforo y el mantenimiento de las medidas de seguridad, en establecimientos de hostelería y restauración queda prohibido el servicio a las personas usuarias que no se encuentren sentadas en las mesas dispuestas a tal efecto, tanto en el interior del local como en terraza, así como el consumo de comidas y bebidas fuera de éstas.
Las celebraciones posteriores a eventos como bodas, comuniones, bautizos y otros de similares características, tanto las celebradas en locales de hostelería y restauración como las que se lleven a cabo en otro tipo de instalaciones, tendrán limitado su aforo a 100 personas en espacio abierto y 50 en espacio cerrado, siempre garantizando el resto de las medidas recogidas en la regulación en vigor.
En el caso de centros sociosanitarios, se suspende cautelarmente la actividad en los Centros de Día de personas mayores y personas con discapacidad y de servicios de estancias diurnas de personas mayores y se suspenden las visitas sociales en residencias de mayores, centros para personas con discapacidad grave, viviendas tuteladas de mayores y centros residenciales sociosanitarios.
Todas las celebraciones religiosas limitarán el aforo al 50 por ciento de su capacidad habitual, siempre que se mantengan las medidas de distanciamiento interpersonal.
Se limita a un máximo de diez el número de personas en velatorios y cortejos fúnebres y se restringe a un máximo de 25 el número de personas en eventos como bodas y bautizos.
Se suspenden las actividades colectivas de ocio tales como espectáculos, eventos culturales, deportivos, taurinos u otros que puedan suponer la concentración de personas y no estén reflejados en los otros supuestos contenidos en estas medidas, así como eventos deportivos y culturales.
Asimismo se cierran piscinas municipales y otras instalaciones de este tipo para uso recreativo público, y parques y jardines en el horario comprendido entre las 22:00 y las 08:00 horas; también se suspenden mercadillos y mercados al aire libre.