Pedro Pérez Pérez, alcalde del PP de Cervera de los Montes (Toledo), tendrá que pagar las costas del juicio que él mismo promovió “en defensa de su honor” después de declarar en el pleno municipal del 7 de marzo de 2017, víspera del Día Internacional de la Mujer, que “el 8 de marzo lo celebran las vagas”. Así, al menos, lo asegura Comisiones Obreras en un comunicado de prensa al que adjunta la citada sentencia.

El secretario provincial del citado sindicato en Toledo, José Luis Arroyo, que asistió a aquel pleno, lamentó en su Facebook haber tenido que escuchar ese comentario machista en boca de un alcalde. "Numerosos amigos y seguidores, así como diversos medios de comunicación, se hicieron eco de lo publicado por Arroyo y cuestionaron, con mayor o menor crudeza, las palabras del edil, que decidió denunciar al secretario general de CCOO para obligarle eliminar de su Facebook la frase mencionada", explica el comunicado sindical.

Además, CCOO añade que "el alcalde pretendía obligar al secretario general de CCOO-Toledo a publicar a su costa en numerosos medios de comunicación la sentencia condenatoria que esperaba obtener, y a abonar una indemnización de 3.001 euros a una ONG". Para justificar su demanda, Pedro Pérez negó haber dicho que las mujeres que celebran el 8 de marzo son unas vagas, basándose en que la frase “no consta en acta, y por ello se ha de proteger su honor e imagen, pues todas las publicaciones posteriores a lo publicado en Facebook por el demandado han lesionado gravemente su honor”, según recoge la sentencia.

Sin embargo, CCOO explica que "todos los testimonios aportados en el juicio ratificaron lo contrario". “El actor solo niega que dijera la frase discriminatoria hacia las mujeres, pero no aporta prueba alguna”, subraya la sentencia. “Se limita a negar, y a que como no está recogido en el acta, no se dijo. Olvida el actor que las actas no son una transcripción literal de todo lo ocurrido en el pleno (…) El hecho de que la frase no se recoja en el acta no es óbice a que no sea real, pues los testigos y prueba practicada así lo han probado”, añade la Justicia.

Según CCOO, "demostrado que el alcalde dijo lo que dijo, la juez subraya el derecho de José Luis Arroyo a publicarlo en su Facebook", pues “el derecho a comunicar información es derecho del que gozan todos los ciudadanos”. Además, la sentencia recalca que “los comentarios reconocidos por el propio demandado, no solo en su perfil de Facebook sino en sus declaraciones al digital Ahora CLM, entran dentro del ámbito de la crítica política a unas manifestaciones reales emitidas (por Pedro Pérez) en un acto público en el ejercicio de sus funciones como alcalde". Por todo ello, la sentencia concluye que “el derecho a la crítica prevalece en ese caso sobre el honor” y, en consecuencia, desestima la demanda y condena al al alcalde demandante a pagar las costas procesales.

“Ni este señor ni nadie nos van a silenciar en la denuncia de declaraciones y actitudes machistas y de desprecio a las mujeres; no vamos a dejar de criticar y afear manifestaciones que denigran a las mujeres y son contrarias al principio de igualdad en el que creemos”, ha señalado Arroyo tras conocer la sentencia, que puede ser recurrida por Pedro Pérez.