La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Toledo juzgará desde el día 10 de abril a J.G.L.N., acusado de un presunto delito continuado de apropiación indebida por el que el Ministerio Fiscal solicita para él una pena de ocho años de prisión tras, supuestamente, quedarse con 806.454 euros de distintos inversores de la provincia, un dinero que en principio estaba destinado a la adquisición de un inmueble en Madrid para la posterior edificación de viviendas en el mismo, que serían puestas a la venta.
Según el escrito de la Fiscalía, al que ha tenido acceso Europa Press, esta persona ostentaba en el año 2003, cuando ocurrieron estos hechos, el cargo de administrador único de una mercantil dedicada a la compraventa, permutas, arrendamientos y construcción de bienes inmuebles. De esta manera, entre los meses de mayo y julio de ese año, J.G.L.N., ejecutando "una planificación perfectamente pergeñada", recibió estas cantidades de dinero entregadas por las personas físicas con la obligación de destinarlas, a través de la referida mercantil, a la adquisición del inmueble en Madrid.
En concreto, el acusado se obligaba a devolver a los distintos inversores -hasta un total de 28, con los que se registraron 25 acuerdos-, en una fecha concreta pactada en cada caso, el capital invertido, además del abono de las plusvalías o beneficios de la inversión, cuya cuantía concreta quedaba igualmente establecida en los distintos acuerdos.
Para facilitar la labor de captación de los inversores y obtener la mayor aportación de capital posible, J.G.L.N. suscribió en febrero del año 2002 un contrato de colaboración con R.L.C. -cuya responsabilidad en los hechos fue sobreseída provisionalmente-, dedicado al asesoramiento y gestión de operaciones de inversión tanto de naturaleza mobiliaria como inmobiliaria, cuyo objeto era la captación de clientes, desempeñando la labor de intermediación entre la sociedad mercantil y los inversores y recibiendo una contraprestación económica por ello.
Se quedó con todo
Por ello, R.L.C. suscribió entre mayo y julio de 2003 estos 25 acuerdos, siempre en la localidad de Toledo y con personas físicas residentes en esta provincia, denominados de 'intermediación de capital para compra y venta de inmuebles', en virtud de los cuales R.L.C. recibió distintas cantidades de dinero, que fueron transferidas por él mismo al acusado.
Fue en este momento cuando J.G.L.N., siempre según la Fiscalía y "guiado por el ánimo de obtener un ilícito y desmedido lucro personal", las tomó para sí, incorporándolas a su ámbito patrimonial en lugar de destinarlas a la inversión inmobiliaria para cuya ejecución fueron aportadas, no habiendo procedido tampoco a la devolución del capital a los referidos inversores en las fechas de vencimiento fijadas en los diferentes acuerdos de intermediación, a quienes, obviamente, tampoco remuneró con las plusvalías que habían sido convenidas en los mismos.
Por todo ello, el Ministerio Fiscal considera que estos hechos son constitutivos de un delito continuado de apropiación indebida, por el que pide una pena de ocho años de cárcel, así como una multa de doce meses con una cuota diaria de quince euros.
Asimismo, también solicita que el acusado indemnice a cada uno de los inversores en las cantidades entregadas por cada uno de ellos que el acusado tomó para sí, con excepción de uno de ellos que, al haber fallecido, deberá ser abonado a sus legítimos herederos.