El Juzgado de lo Penal número 4 de Toledo ha condenado a la líder de Unidas Podemos en Recas (Toledo), Marina Arroyo, a un año de prisión por un delito de calumnias proferidas contra el edil del PP Rubén Darío Cabañas, a quien deberá indemnizar, en concepto de responsabilidad civil, en la cantidad de mil euros.
Así se recoge en la sentencia, consultada por Europa Press, que señala que los hechos probados ocurrieron en marzo de 2016, cuando Marina Arroyo, "conociendo la falsedad o por lo menos con temerario desprecio hacia la misma, dada la ausencia de pruebas que lo
corroboraran", publicó un mensaje a través de su cuenta personal de Facebook, en el que denunciaba que el concejal de Urbanismo y Festejos, "aprovechándose de su acta de concejal", daba permisos de obra "verbal" a sus amigos y familiares afines al partido.
Este mismo comentario fue igualmente añadido desde esta red social al perfil social que el PSOE de Recas tiene en la red social, e igualmente consta del mismo modo dicho comentario la cuenta de "Alternativa Republicana en Facebook.
El 17 de marzo de ese año, la entonces alcaldesa de Recas emitió un escrito en el que indicaba "la falsedad de las afirmaciones realizadas por la acusada en los distintos perfiles de Facebook" y requirió formalmente a Marina Arroyo Anaya para que se retractara en
el mismo medio en el que había vertido esas acusaciones, no retractándose la acusada y manteniendo sus manifestaciones públicas en la red social.
El 27 de junio se celebró un acto de conciliación en el Juzgado de Paz de Villaluenga de la Sagra, en el que la acusada se ratificó en sus declaraciones realizadas en Facebook, sin que se retractara en sus manifestaciones efectuadas en dicho medio. Sin embargo, la sentencia destaca que no consta que la acusada interpusiera ninguna denuncia contra Rubén Darío Cabañas Díaz ante la jurisdicciónpenal por la comisión de un presunto delito de prevaricación.
En sus fundamentos de derechos, la sentencia considera que la querellada realizó esas afirmaciones "con conocimiento de su falsedad y temerario desprecio hacia la verdad, pues no se ha probado la veracidad de los comentarios publicados en tres grupos de la red social de Facebook, palabras que profirió hacia el querellante, ni tampoco consta que el mismo haya sido condenado por un delito deprevaricación cometido por autoridad, o que al menos existiera o hubiera existido un procedimiento penal dirigido contra él por dicha infracción penal".
A ello, se añade que las expresiones "se profirieron con la intención inequívoca de que se enterara la mayor cantidad de personas noya sólo de Recas sino de toda España (ánimo de difamar), tal y como queda reflejado al inicio de tales comentarios" lo que lo "dotaría a la calumnia como hecha con publicidad".
El Grupo Municipal Popular del Ayuntamiento de Recas, en un comunicado, ha valorado esta sentencia que "limpia el nombre" del equipo de Gobierno del Partido Popular de Recas de la legislatura 2015-2019.
"Las constantes dudas y mentiras sobre los trámites legales eran sólo eso, mentiras, con el ánimo de conseguir gobernar el resto de partidos políticos, cuyos líderes, cabe recordar, están imputados por prevaricación, mientras que ningún miembro del Partido Popular tiene causa abierta de ningún tipo", ha destacado.
Marina Arroyo, que encabezó la lista de Unidas Podemos en Recas en las pasadas elecciones municipales, si bien no obtuvo ninguna representación, no podrá tampoco presentarse para ningún cargo público durante el tiempo de la condena.