La Audiencia Provincial de Toledo ha suspendido este martes el juicio contra la exalcaldesa de la localidad toledana de Corral de Almaguer, Juliana Fernández Cueva, y contra su teniente de alcalde, Vicente González Ramírez, acusados de retirar multas de tráfico a personas afines en el año 2013, tras la petición de las defensas de solicitar una prueba al Ayuntamiento de la localidad para comprobar si desde el año 2013 se ha solicitado tener acceso a los expedientes sancionadores que obran en las dependencias municipales y quién lo ha hecho.
Durante la sesión del juicio, que comenzaba este martes, el abogado que representa a la exalcaldesa, Juan Justo López, ha asegurado que entiende que esta prueba es "muy importante" y ha asegurado que su práctica lleva siendo solicitada desde el año 2017.
Por ello, ha insistido en su petición de "retrotraer las actuaciones" de la causa a ese año 2017, para que el secretario municipal pueda certificar "si en 2013 se han consultado por alguien los archivos" que tienen que ver con el proceso.
Además, tanto el abogado de Juliana Fernández como el de Vicente González han considerado que durante el proceso, "especialmente en el origen", se ha podido vulnerar el derecho a la intimidad personal de los acusados en la obtención de las pruebas en las que se ha basado la investigación. En este sentido, Juan Justo López ha afirmado que la causa comenzó "por la denuncia de un particular que obtuvo unos datos de manera ilegítima". "La trascendencia de estas alegaciones es la posible invalidez de toda la prueba, al margen de que creo que mi cliente no ha cometido ningún delito", ha añadido.
En este sentido, el abogado de Vicente González ha querido aportar "matices" a las peticiones del letrado de la exalcaldesa, alegando que a su parte no se le dio traslado de algunos recursos "a pesar de estar personados desde que la causa se instruyó en el Tribunal Supremo", algo que, ha argumentado, hizo que no pudieran formular alegaciones.
La Fiscalía
Por su lado, el fiscal ha apuntado que en caso de tener lugar la suspensión del juicio, como finalmente ha sucedido, la "indefensión" esgrimida por las defensas a la hora de ejercer su labor "quedaría diluida" y, de esa manera, "no concurriría la causa de nulidad".
Además, ha defendido que desde el Ministerio Fiscal no creen que exista una vulneración del derecho a la intimidad personal de los acusados, ya que, según ha apuntado, "en fase de instrucción es perfectamente admisible que por parte del fiscal se recaben determinadas documentaciones".
"Es evidente que el fiscal tiene atribuidas funciones en la investigación de los delitos y, por tanto, en el ejercicio de sus funciones estaba legimitado para dirigirse a los correspondientes registros solicitando aquella información", ha mantenido, insistiendo en que, de este modo, "la cuestión relativa a si se produjo vulneración de los derechos fundamentales queda diáfanamente excluida".
Por todo ello, el presidente del tribunal ha decidido acceder a la petición de suspensión del juicio para que se solicite la certificación al Ayuntamiento de Corral de Almaguer en los términos demandados por las dos defensas, manifestando que si se puede subsanar ese defecto, los letrados de los dos acusados estarían en "perfectas condiciones" de ejercer el derecho legítimo de defensa.