El Juzgado de lo Contencioso-Administrativa nº 3 de Toledo ha anulado el acuerdo al que llegó la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Toledo el 10 de marzo de 2021 por el que quedaba modificada la Relación de Puestos de Trabajo (RPT) del personal funcionario. La sentencia, en la que se afirma que se vulneró el derecho a la negociación colectiva, se ha producido tras la denuncia de CSIF.
Este sindicato ha explicado que la administración les remitió la documentación referente a la modificación de la RPT con menos de 24 horas de antelación a la celebración de la Mesa General de Negociación. En ese momento reclamaron que esta propuesta de modificación fuera retirada del asunto del orden del día, ya que no había habido tiempo material para examinarla. "Sin embargo, se dio por ‘negociada’ la propuesta de modificación de la RPT y aprobada posteriormente en la Junta de 10 de marzo," apuntan.
En la sentencia, del 8 de septiembre, CSIF asegura que se evidencia que no se produjo una negociación real y efectiva, de acuerdo al Estatuto Básico de Empleo Público, "mostrando la manifiesta falta de voluntad negociadora de la Administración, limitándose su actuación en este ámbito a una apariencia de negociación, llevada a cabo como una mera formalidad."
A ello añaden que el Ayuntamiento omitió trámites esenciales al incumplir su obligación de incorporar informes preceptivos de la Secretaría de la Entidad Local. De hecho, reflejan que los incorporó a posteriori, una vez conocedora de la demanda, y los convalidó en octubre de 2021, lo que "no resulta ajustada a derecho, el Acuerdo de 10 de marzo de 2021 debió ser adoptado previa emisión de tales informes", refleja la sentencia.
El presidente de CSIF Toledo, Ángel Carvajal, subraya que "es muy grave que el Ayuntamiento actúe de esta forma, con un caciquismo desolador. No quería negociar porque sabía perfectamente que lo que estaba haciendo era totalmente irregular. La falta de talante negociador del equipo de Gobierno ha quedado evidenciada en la sentencia, así como la impunidad con la que actúan al intentar convalidar un acto incorporando posteriormente unos informes que de sobra sabían que eran preceptivos”.
No en vano, más allá de la ausencia de negociación, CSIF subraya que comenzó el proceso judicial debido a que "la modificación de la RPT supuso un incremento salarial encubierto para determinados funcionarios de manera concreta y establecía el mismo complemento específico a algunas Adjuntías que a las Jefaturas de Servicio".
“La modificación de la RPT escondía realmente un cambio de denominación y el incremento de las retribuciones complementarias de los puestos ya existentes, es una forma de ‘premiar’ de manera arbitraria a determinados funcionarios por parte del equipo de Gobierno del Ayuntamiento de Toledo”, concluye Carvajal.