"Una cifra exorbitada". Así calificaba el pasado mes de abril el concejal de Planeamiento Urbanístico del Ayuntamiento de Toledo, Florentino Delgado, la indemnización pedida por Inversiones Doalca al Ayuntamiento de Toledo por la expropiación de los terrenos que ocupa el aparcamiento disuasorio de Azarquiel, propiedad de esta sociedad anónima cotizada de inversión en el mercado inmobiliario (Socimi) con sede social en Madrid.

Los dueños de los 19.000 metros cuadrados que quiere 'municipalizar' el Ayuntamiento para evitar la clausura de un aparcamiento que a diario utilizan de forma gratuita dada su ubicación estratégica -junto a la estación del AVE y el remonte de Safont- piden 22 millones de euros.

Una cifra que está a años luz de los 285.000 euros que el Consistorio está dispuesto a pagar dentro del procedimiento expropiatorio iniciado en 2023 por razones de utilidad pública para evitar hacer efectiva la ejecución de una sentencia que obligaba a la administración local a restituir la posesión de la parcela a sus propietarios tras incumplir ésta los convenios urbanísticos firmados en 2015 y 2018 entre ambas partes. El dinero ofrecido por el Ayuntamiento en su hoja de aprecio, que el Pleno aprobó abonarlo con cargo a los remanentes de Tesorería, no llega ni al 1,3% del dinero reclamado por Inversiones Doalca.

Dada las diferencias de valoración es casi seguro que la parte expropiada no acepte la propuesta municipal. En este caso, el justiprecio quedará en manos del Jurado de Expropiación Forzosa en primer término y en los juzgados de lo Contencioso si no se acepta la valoración de este órgano colegiado dependiente de la Administración General del Estado.

Dos desacuerdos clave

Uno de los desencuentros se refiere a la superficie que hay que expropiar. Los propietarios recuerdan que la finca tiene una superficie real de 31.575,45 metros cuadrados y nos los 18.059 metros cuadrados que aparecen como superficie catastral de la parcela que se pretende expropiar y que ocupa el aparcamiento. Inversiones Doalca argumenta que hay que llevar a cabo una expropiación completa de la finca ya que en virtud del Plan General Vigente toda ella tiene la calificación de “espacio libre no edificable y no es susceptible de participar en proceso reparcelatorio alguno, al no estar adscrita a espacio alguno dentro del Plan Especial del Casco. En este sentido, subraya que la "conservación de la parte restante resulta antieconómica al no poder obtener ninguna utilidad a lo que hay que añadir que la configuración irregular de la parte restante hace inviable cualquier rendimiento urbanístico o agrario de la propiedad". Finalmente, exponen que "la expropiación total de la parcela es una exigencia impuesta por el interés público conectado con la ejecución del planeamiento".

Además, el Ayuntamiento de Toledo discrepa en la calificación de la parcela, clave en la valoración a efectos expropiatorios. Mientras que la Inversiones Doalca argumenta que se trata de suelo urbano consolidado, el Ayuntamiento sostiene que en virtud del PECHT se trata de un espacio libre público no edificable asimilable a una zona verde. El Consistorio recuerda a la Propiedad que "no puede considerarse la parcela suelo urbano consolidado puesto que los terrenos no cuentan con la condición de solar al no estar conectados ni a la red de abastecimiento de agua ni de saneamiento y no estar integrados en la malla urbana".

Una década y dos convenios urbanísticos incumplidos

Durante casi una década los sucesivos equipos de Gobierno han sido incapaces de cumplir con el convenio urbanístico firmado con la propiedad en febrero de 2015 y renovado posteriormente en abril de 2018. Este último acuerdo establecía el plazo de dos y cuatro años respectivamente para la aprobación inicial y definitiva del nuevo Plan de Ordenación Municipal en el que debía asignarse un aprovechamiento urbanístico a la parcela en la que se habilitó el aparcamiento de 0,62 unidades de aprovechamiento por metro cuadrado. Estos derechos urbanísticos debían incorporarse al Plan Parcial Huerta del Rey (PP-5) o a cualquier otro suelo urbanizable si el futuro ordenamiento urbanístico finalmente no concedía edificabilidad al citado Plan Parcial.

En caso de incumplimiento de los plazos, como ha terminado por suceder, el convenio preveía la devolución de la posesión y plena disponibilidad de la parcela a la propiedad. Es decir, desde abril de 2020, el Ayuntamiento se ha convertido en el ocupa de una parcela sobre la que no tiene ningún derecho.

Así quedó constancia en una sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Toledo fechada en septiembre de 2022, que estimó el recurso presentado por Inversiones Doalca, en la que condenaba a restituir la posesión del solar a los demandantes, la familia Araoz, en el estado en el que se encontrara. Ante la inacción municipal, el 24 de enero el mismo juzgado dirigió una providencia al Ayuntamiento de Toledo por la que requería a la administración local a que manifestara se había cumplido con la sentencia o explicara los motivos que se lo estaban impidiendo.

Tras esta resolución judicial y para evitar las consecuencias de lo sucedido por retrasar el cumplimiento de la sentencia de la colección Luis Alba, el equipo de Gobierno de Milagros Tolón iniciaba el 1 de febrero de 2023, el procedimiento expropiatorio con el fin de ejecutar la sentencia. En esa fecha el Ayuntamiento argumentó la necesidad de ocupar la parcela al considerar que el “aparcamiento de Azarquiel ha estado solucionando en gran medida el problema del estacionamiento de la zona de la estación del AVE a la vez que ha contribuido a facilitar las comunicaciones de la ciudad”.

Inversiones Doalca

Inversiones Doalca es titular de una cartera de ocho propiedades, que cuentan con una superficie construida de unos 40.000 metros cuadrados y una superficie arrendable total de unos 30.521 metros cuadrados, principalmente dedicados a oficinas y a locales comerciales. La SOCIMI es dueña de siete propiedades en la ciudad de Madrid situadas en el paseo de la Castellana, Velázquez, Príncipe de Vergara, Francisco Silvela, Montera, San Bernardo o Magallanes y de una parcela rústica con edificaciones en la ciudad de Toledo. Se trata de Huerta del Rey, finca que fue calificada como urbanizable en el POM de 2007 que fue anulado por el Tribunal Superior de Justicia en 2018.