Ante la llegada de la Navidad y el incremento de las comidas y cenas, la delegación de OCU en Castilla-La Mancha ha detectado situaciones "abusivas" en cuanto a la elección de los platos. "Impiden la libre elección del comensal y suele encarecer el precio que se pagaría normalmente en el establecimiento", han advertido.
Según la OCU, la situación comienza con "la obligatoriedad de escoger un menú en vez de elegir a carta, siguiendo por la imposición de un menú común para todos, ignorando las posibles alergias o intolerancias de alguno de los comensales, y con el cobro de elevados suplementos entre las alternativas propuestas dentro del menú".
Asimismo, han recordado que no es obligatorio elegir un menú determinado ya que los establecimientos deben estar preparados para ofrecer los platos que recoge la carta. Y si, finalmente, el comensal se decanta por un menú, conviene pedir la carta para comparar precios y el tipo y número de bebidas incluidas.
Además, la organización también ha denunciado la práctica "indebida" de cobrar un plus por reserva. "Lo que sí se puede hacer es cobrar una cantidad por adelantado como reserva, pero esta debe descontarse del importe total".
Otros abusos
En este sentido, la OCU ha detallado algunos otros abusos que conviene conocer antes de afrontar esta época navideña de celebraciones.
- No ofrecer una carta física del menú. Los códigos QR son una forma cómoda de consulta, pero además debe ofrecerse una carta en papel.
- Qué falte una referencia en los precios según mercado (como un precio por kilo) o que no se avise del precio de un producto fuera de carta.
- Que el precio en carta no incluya el IVA y se quiera luego cobrar. En caso de no incluirlo, deberá avisarse expresamente.
- Cobrar por el servicio de mesa o por el cubierto. Es ilegal, está implícito en el propio servicio de hostelería.
-El agua del grifo tampoco puede cobrarse: su dispensación es gratuita y obligatoria si el cliente la solicita, incluso aunque el sabor no sea bueno.
- La decisión de dejar propina es voluntaria. No hay ninguna norma que obligue a los clientes a hacerlo.
- No puede rechazarse el pago en efectivo. En cambio, puede rechazarse el pago con tarjeta si se advierte claramente antes de consumir.
- También es contrario a la normativa que el ticket o la factura de compra no detalle cada uno de los productos consumidos.