El Tribunal Internacional del Derecho del Mar (TIDM) emite su opinión consultiva, a 21 de mayo de 2024.

El Tribunal Internacional del Derecho del Mar (TIDM) emite su opinión consultiva, a 21 de mayo de 2024. Fabian Bimmer Reuters Hamburgo, Alemania

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El Tribunal del Derecho del Mar reconoce que "los gases de efecto invernadero son contaminación marina"

La corte internacional dictamina que los Estados están legalmente obligados a prevenir y reducir este tipo de polución "por todos los medios necesarios".

21 mayo, 2024 20:19
Omar Benaamari Agencias

El Tribunal Internacional del Derecho del Mar (TIDM), que vela por el cumplimiento del tratado que rige las normas marítimas, ha dictaminado este martes 21 de mayo en una opinión consultiva que los gases de efecto invernadero constituyen una forma de contaminación marina. Esto supone un gran avance para los pequeños Estados insulares amenazados por la subida del nivel del mar causada por el calentamiento global.

Aunque no se trata de una decisión vinculante, es la primera sentencia relacionada con el clima, podría sentar un precedente para otros casos. También ha manifestado que los Estados deben ir más allá de lo convenido en el Acuerdo de París de 2015 para proteger el medio marino y los Estados dependientes de él.

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El dictamen fue solicitado inicialmente por la Comisión de Pequeños Estados Insulares sobre el Cambio Climático y el Derecho Internacional (COSIS), un grupo de nueve naciones insulares del Caribe y el Pacífico encabezado por Antigua y Barbuda y Tuvalu, dos naciones que son especialmente vulnerables a la degradación climática y que observaban cómo las conversaciones sobre cambio climático se estaban enquistando. 

En su dictamen unánime, el tribunal reconoció que los océanos se están calentando y acidificando como consecuencia directa del dióxido de carbono emitido por las actividades humanas, lo que provoca daños a los recursos vivos y a la vida marina, peligros para la salud humana y obstaculiza actividades marinas como la pesca.

Aunque la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CNUDM) —el texto legal interpretado y defendido por el órgano judicial adscrito a la ONU— no se refiere específicamente al perjuicio derivado de las emisiones de gases de efecto invernadero, el tribunal concluye que estos son claramente una forma de contaminación marina, un aspecto que contempla el artículo 194 del texto.

Los gases de efecto invernadero, reconoce el tribunal en el texto, "pueden caracterizarse como contaminación procedente de fuentes terrestres, contaminación procedente de buques o contaminación procedente de la atmósfera o a través de ella". Tal como se reconoce en el dictamen, y tal como se lee en el tratado sobre el Derecho del Mar, los Estados están legalmente obligados a prevenirla, reducirla y controlarla "por todos los medios necesarios".

"Tomar las medidas necesarias"

"Por primera vez, un tribunal internacional ha reconocido que los destinos de dos bienes comunes mundiales —los océanos y la atmósfera— están entrelazados y amenazados por la crisis climática", ha destacado la abogada principal del Center for International Environmental Law (CIEL) Joie Chowdhury. 

Y ha calificado esta decisión como "histórica", ya que afirma "de manera inequívoca que los Estados tienen obligaciones claras y específicas en virtud del derecho internacional de actuar de manera urgente, ambiciosa y equitativa para proteger nuestros preciosos océanos de las causas y los efectos del cambio climático". 

El Tribunal Internacional del Derecho del Mar es el primero de los tres tribunales internacionales que emite una opinión consultiva sobre el cambio climático. La Corte Internacional de Justicia (CIJ) recibió el año pasado el encargo de dar su opinión sobre los deberes jurídicos de los Estados en la emergencia climática, y la Corte Interamericana de Derechos Humanos celebró en abril la primera de varias audiencias sobre su propia opinión.

En los últimos años, se ha apreciado un aumento de los casos de litigios que tienen el objetivo de hacer rendir cuentas a los Estados por su falta de compromiso y de medidas adecuadas para reducir sus niveles de emisiones de gases de efecto invernadero. 

Otra de las conclusiones que se extraen de esta opinión consultiva es que los países ricos deben reducir sus emisiones más deprisa que aquellos en desarrollo. El tribunal también afirma que las naciones más ricas deben asumir una mayor parte de la carga y apoyar a los Estados en desarrollo con financiación y asistencia técnica.

"En su calidad de guardián legal del Tratado de los Océanos, el TIDM ha dado un primer paso decisivo al reconocer que lo que las pequeñas naciones insulares llevan décadas luchando en las negociaciones de la COP ya forma parte del derecho internacional", declaró el profesor Payam Akhavan, representante legal de COSIS, en declaraciones recogidas por Euronews. A lo que añadió: "Los grandes contaminadores deben evitar daños catastróficos a las pequeñas naciones insulares, y si no lo hacen, deben compensar las pérdidas y los daños".

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El Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático (IPCC, por sus siglas en inglés) estimó que los pequeños estados insulares en desarrollo contribuyen menos del 1% a las emisiones totales de gases de efecto invernadero, pero han sido y seguirán siendo de los primeros y más afectados. Y pronosticó que si las emisiones de gases de efecto invernadero siguen aumentando, se espera un incremento medio de la temperatura mundial de entre 2,6 y 4,8 ºC para 2100, según el escenario de emisiones más elevado. 

Sobre la base de la ciencia

El tribunal enuncia que las medidas a adoptar por los países para atajar las emisiones de gases de efecto invernadero deben decidirse "objetivamente" basándose en la mejor ciencia disponible y en las reglas y normas internacionales pertinentes contenidas en tratados sobre el cambio climático como la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC) y el Acuerdo de París. "Para determinar las medidas necesarias no se requiere certeza científica", recoge el documento.

"La Convención y el Acuerdo de París son dos acuerdos diferentes con dos diferentes paquetes de obligaciones", dijo el juez Albert Hoffman, que ha presidido el caso. El tribunal tampoco considera que "el Acuerdo de París modifica o limita la obligación bajo la Convención (…) El párrafo 1 del artículo 194 impone a los Estados una obligación legal de tomar todas las medidas necesarias para prevenir, reducir y controlar la contaminación procedente de emisiones antropogénicos de gases de efecto invernadero, incluidas medidas para reducir tales emisiones", prosiguió el magistrado. 

Además, tienen un deber "estricto" de diligencia debida, en virtud del cual tienen que establecer legislación, procedimientos administrativos y mecanismos de aplicación para regular las actividades que emiten gases de efecto invernadero, incluidas las del sector privado. 

"Lo que ha ocurrido hoy es que el derecho y la ciencia se han encontrado en este tribunal, y ambos han ganado", ha celebrado Cheryl Bazard, embajadora de Bahamas ante la Unión Europea, uno de los nueve países insulares del Caribe y el Pacífico que solicitaron el dictamen, en declaraciones a la agencia de noticias Reuters.