La Audiencia Provincial de Madrid empezará a juzgar a partir del próximo lunes y durante dos semanas a 15 personas supuestamente vinculadas a grupos de extrema derecha y que habrían participado en el asalto al centro cultural Blanquerna el 11 de septiembre de 2013, celebración de la Diada. Se enfrentan a penas que, a instancias de la Generalitat de Cataluña, de CiU y del ex diputado Josep Sánchez Llibre, que ejercen la acusación, serían superiores a un delito de homicidio consumado: 15 años y 9 meses de prisión para 14 de los acusados y 16 años y 9 meses para quien es considerado el cabecilla del ataque, Jesús Fernando Fernández Gil.
En su escrito de acusación provisional, el fiscal propone penas más moderadas -de dos a cuatro años de cárcel-, en parte porque no reclama el máximo posible y en parte porque no acusa de varios delitos que sí contemplan las acusaciones particulares, como las amenazas o el ultraje a la bandera de Cataluña.
¿Una mera protesta?
En lo que sí coinciden el Ministerio Público y las demás acusaciones es en apreciar la circunstancia agravante de cometer los hechos criminales por motivos ideológicos, algo que niegan en sus escritos de defensa los acusados. Éstos sostienen que ni se concertaron para acudir al centro cultural ubicado en la sede que tiene la Generalitat en Madrid ni hubo una motivación ideológica, sino que se trató de "un mero acto de protesta ante la alarmante realidad de la situación política española, que llevó meses más tarde a la conocida 'consulta o referéndum' de soberanía catalán ejecutado por los mismos que se han constituido en acusación".
La secuencia de los hechos, de los que existe una numerosa prueba documental gracias a un vídeo de TV3 y a que varios asistentes hicieron grabaciones con sus teléfonos móviles, arranca a las 19.45 horas del 11 de septiembre de 2013, cuando un grupo de personas se abre paso violentamente entre los más de 100 asistentes al acto oficial de conmemoración de la Diada en el centro cultural Blanquerna.
Entre las autoridades presentes se encontraban seis diputados del Congreso, el embajador de Irlanda en España, magistrados del Tribunal Supremo y el delegado de la Generalitat en Madrid, Josep María Bosch.
Según el relato que figura en el escrito de acusación del abogado de la Generalitat, los 15 acusados entraron en el local causando daños en la puerta de acceso, tirando al suelo el mobiliario, exhibiendo banderas de España y gritando consignas como "no nos engañan, Cataluña es España". La finalidad era "impedir por motivos políticos e ideológicos la celebración del acto y atemorizar a todos los asistentes, a los que escupían o les decían 'hijos de puta' o 'putos catalanes'".
De acuerdo con el mismo escrito, Fernández Gil, que tapaba su cara con un pañuelo, "empujó y golpeó a Josep Sánchez Llibre, con conocimiento de su condición de diputado del Congreso y con ánimo de atentar contra el principio de autoridad que encarna y las funciones públicas representativas propias de su cargo".
'Ánimo de vejar' la senyera
El mismo acusado "arrojó violentamente al suelo la bandera oficial de la Comunidad Autónoma Catalana, ante todos los asistentes y con claro ánimo de vejarla".
Otro acusado, Javier Marcos, también habría empujado a Sánchez Llibre, que cayó al suelo, mientras que otros dos acusados acometieron a Josep María Bosch mientras le increpaban diciéndole "catalán de mierda, cabrón, te mataremos, vete de aquí".
Un cámara de TV3 y un asistente también fueron agredidos. Cuando el grupo salía del centro, Fernández Gil habría utilizado un spray de gas pimienta, "provocando picores, irritaciones, ceguera momentánea y otros menoscabos físicos en los asistentes al acto que, presas del pánico, tuvieron que abandonar el local, impidiendo así definitivamente la celebración del acto, que no pudo continuar tal y como estaba previsto".
Tanto la Generalitat como CiU aprecian delitos de desórdenes públicos, daños, allanamiento, dos atentados a la autoridad, amenazas, injurias, ultraje a la bandera y coacciones. También reseñaron faltas de lesiones y maltrato de obra, que tras la última reforma del Código han sido despenalizadas.