"Gora ETA, libertad presos políticos, Miguel Ángel Blanco mejor muerto" le han valido a Vicente M. I. una condena a un año de prisión por un delito de humillación a las víctimas del terrorismo cometido a través de Facebook.
La Sala Penal del Supremo le ha impuesto esa pena rebajando a la mitad la condena dictada contra él por la Audiencia Nacional, tribunal que consideró delictivos otros cinco mensajes que el TS no ve así.
Vicente M.I., un joven valenciano de 21 años, colgó en su muro de Facebook fotografías y mensajes relacionados con personas de los GRAPO condenadas por terrorismo. "Libertad para los presos políticos", "PCE (r) y GRAPO, 35 años de resistencia" o una frase del comandante Arenas ("Somos los que no alcanzaremos el mar pero permaneceremos en la lluvia") fueron frases difundidas desde el perfil de Vicent Sidorenko, correspondiente al condenado, entre junio de 2013 y abril de 2014.
El joven saludaba la excarcelación de terroristas ("Ha salido en libertad la compañera Concepción González Rodríguez. Bienvenida camarada! Honor y gloria!", escribió el 18 de diciembre de 2013) y criticaba el "exterminio" de otros presos muertos en prisión.
Esas frases no son consideradas por el Supremo constitutivas de un delito de enaltecimiento del terrorismo, en contra de lo que apreció la Audiencia Nacional. El Alto Tribunal afirma que esos mensajes sólo "reflejan la sintonía ideológica del condenado con determinados presos en el sentido de coincidencia de objetivos políticos, así como solidaridad con su situación de privación de libertad o camaradería nacida de vínculos ideológicos".
En cambio, el Supremo basa la condena a un año de cárcel en otros dos mensajes que, a su juicio, "concentran unas tales dosis de odio y desprecio que ineludiblemente han de activar los mecanismos penales de tutela". Esas frases fueron, además de la referida a Miguel Ángel Blanco, asesinado a tiros por ETA tras ser secuestrado, otra referida a Jose Antonio Ortega Lara: "el zulo de Ortega Lara tenía más metros cuadrados que donde viven muchísimos españoles", puso bajo una fotografía con la leyenda "ETA".
Para el Supremo, con esas expresiones "se lanza un lacónico pero inequívoco y muy utilizado grito de aliento a una banda terrorista, que se apostilla con sendos comentarios que, excediendo de lo meramente desafortunado, integran claras manifestaciones vejatorias, humillantes y hasta despiadadas para dos concretas víctimas de actos terroristas que adquirieron gran notoriedad pública por la generalizada solidaridad que despertaron en la ciudadanía".
El Supremo señala que el "odio" y la "crueldad" de esos mensajes superan lo que es simplemente poco atinado. "Emerge de manera inequívoca un gesto despectivo minusvalorando hasta la humillación el sufrimiento de esas víctimas de ETA", señala.
La sentencia condenatoria, conocida esta mañana, añade que la explicación ofrecida por el condenado (su enfado ante el cierre de otra cuenta que tenía en una red social) no justifica su conducta. Tampoco acepta la tesis -con la que la defensa pretendía minimizar el delito- de que Vicente M. I. tenía muy poco seguidores en Facebook e indica a este respecto que la difusión de un mensaje a través de una red social lo convierte en accesible a un numero potencialmente indiscriminado de personas.