Trece años y dos meses después de la mayor catástrofe medioambiental ocurrida en España, el Supremo ha dictado el fallo final del caso Prestige con una resolución que endurece la sentencia emitida en 2013 por la Audiencia Provincial de A Coruña y que, sobre todo, abre la puerta al pago de las indemnizaciones -cifradas por el fiscal en 4.328 millones de euros- por parte de las aseguradoras del buque petrolero.
La Sala Penal ha impuesto dos años de prisión y multa al capitán del barco, Apostolos Mangouras, por un delito imprudente contra el medio ambiente con resultados catastróficos. También declara su responsabilidad civil, la de la compañía propietaria del petrolero y la de su aseguradora, así como la del fondo internacional creado para reparar los daños causados por los mercantes.
El 19 de noviembre de 2002, tras seis días a las deriva frente a las costas de Finisterre, el Prestige, que transportaba 64.000 toneladas de fuel-oil, se partió en dos y se hundió, provocando un inmenso vertido que afectó a más de 1.700 kilómetros de litoral, desde Portugal hasta Francia, incluidos espacios naturales protegidos.
Era un barco de un solo casco construido en Japón 26 años antes de la catástrofe y que navegaba bajo pabellón de Bahamas. En virtud de la legislación internacional sobre doble casco, el buque hubiera debido dejar de navegar en marzo de 2005 y, por tanto, estaba cerca de terminar su ciclo de vida útil cuando naufragó.
Tras una instrucción que duró 10 años y un juicio que se prolongó nueve meses, la Audiencia de A Coruña condenó exclusivamente al capitán del petrolero, el griego Apostolos Mangouras, a nueve meses de prisión por un delito de desobediencia a la autoridad al haberse negado durante tres horas a acatar la orden expresa de poner el Prestige en condiciones de ser remolcado y alejado de las costas tras detectarse la primera avería y fuga de fuel, el 13 de noviembre de 2002.
Un capitán preocupado "por las consecuencias económicas"
La sentencia de la Audiencia declaró probado que Mangouras estaba "más preocupado por las consecuencias económicas de un remolque que era obligado, urgente y razonable que por solucionar una situación de máxima emergencia".
En cambio, los magistrados gallegos exculparon al capitán y a los otros dos acusados (el jefe de máquinas, Nikolaos Argyropoulos, y el director general de la Marina Mercante, José Luis López Sors) de delitos contra el medio ambiente y de daños. La Audiencia llegó a la conclusión de que no se había podido saber "con exactitud" la causa de lo ocurrido y, al no determinarse responsabilidad penal, tampoco se estableció la responsabilidad civil para el pago de las indemnizaciones al Estado y a los cientos de damnificados, especialmente del sector pesquero.
La Audiencia de A Coruña declaró probado que el buque presentaba "fallos estructurales" pero "estaba dotado de cuantos certificados y documentación son exigibles" para navegar.
Tanto el fiscal como la Abogacía del Estado han sostenido en los recursos interpuestos ante el Supremo que el capitán del Prestige conocía los fallos estructurales del petrolero y las deficiencias de mantenimiento y control de la conservación del buque, como se puso de manifiesto con pruebas no valoradas adecuadamente por la Audiencia Provincial.
Una de esas pruebas es la inspección interna que se llevó a cabo semanas antes de que el barco zarpara desde la ciudad rusa de San Petersburgo. El informe de los inspectores recogía varias deficiencias.
Otra es el testimonio de Stratos Kostazos, también capitán del Prestige, que fue sustituido por Mangouras después de negarse a llevar el buque. En el juicio, Koztazos reconoció que la nave estaba “condenada” por todas las deficiencias que acarreaba debidas a su antigüedad, como la corrosión de los tanques que transportaban el fuel.