Sobre las 4.30 de la madrugada del 10 de agosto de 2003, en la calle Miguel Bueno de Fuengirola, una mujer fue asaltada sorpresivamente por un hombre, que la golpeó brutalmente. La tiró al suelo y, tras romperle los pantalones y arrancarle la ropa interior, "intentó introducirle el pene u otro objeto en la vagina", declaró la sentencia de los magistrados de Málaga que juzgaron los hechos.
La víctima quedó tendida en el suelo en estado de shock, gimiendo, llena de contusiones, con un traumatismo craneoencefálico y desgarro de la vulba. Los objetos que llevaba en su bolso, entre ellos un peine, quedaron desperdigados por el suelo.
Entre las 5.30 y las 6 horas de ese mismo día, en calles muy próximas de la misma localidad, otras dos mujeres fueron atacadas por un procedimiento similar. Tuvieron mejor suerte porque el agresor huyó al aparecer un vehículo justo cuando intentaba quitarle la ropa a la primera víctima, mientras que en el segundo caso una vecina se asomó por una ventana y comenzó a gritar que iba a llamar a la Policía cuando el hombre trataba de abrir las piernas de la chica por la fuerza. En estos dos casos el asaltante huyó con los bolsos de las mujeres.
Tres semanas después la Policía detuvo a un joven holandés, Romano van der Dussen, como autor de los hechos. Él negó haber perpetrado las agresiones y alegó que ese día ni siquiera estaba en Fuengirola, sino en Torremolinos con unos amigos. "Sin embargo, en ningún momento ha aportado dato alguno que pudiera haber dado pie a concretar a lo largo de la instrucción ni en el acto del juicio su versión exculpatoria", estableció la Audiencia de Málaga en una sentencia dictada en mayo de 2005 por la que condenó a Van der Dussen a un total de 15 años y medio de cárcel por un intento de violación, dos agresiones sexuales, lesiones y dos robos con violencia.
La Audiencia basó la condena en los testimonios coincidentes de una vecina que vio al agresor de la primera víctima y de las otras dos mujeres asaltadas. Las tres identificaron "sin ninguna duda" al holandés.
Una omisión en el informe policial
Un año y medio después de la sentencia condenatoria (confirmada por el Supremo), Interpol-Londres difundió un mensaje que alertó a la Policía española. El británico Mark Philip Dixie había sido detenido y acusado en el Reino Unido de la violación y asesinato de una joven.
Las autoridades policiales británicas informaban de que Dixie había residido en la zona de Fuengirola desde finales de 2002 hasta octubre de 2003 y enviaban su perfil genético.
En marzo de 2007, la Policía Científica dirigió un informe al Juzgado de Fuengirola que había instruido la causa contra Van der Dussen. El documento comunicaba al juez dos extremos relevantes. El primero era que, a raíz de la información transmitida por Interpol-Londres, "se ha introducido en la base de datos Veritas el perfil genético de Mark Philip Dixie y el mismo es compatible con la mezcla de perfiles que se obtuvo en la muestra 7.3.2 (restos orgánicos adheridos a un peine) obtenida con ocasión de la agresión" a la mujer asaltada en la calle Miguel Bueno.
El segundo dato era que, "aunque no conste en el informe pericial [elaborado en 2003], el perfil de Romano Van Der Dussen fue cotejado con la mezcla obtenida de los restos orgánicos adheridos al peine, no siendo compatible con la misma".
La Policía admitía que en su día no informó al Juzgado de que los restos de ADN encontrados en el peine no coincidían con los del joven entonces detenido. Sí eran compatibles, en cambio, con Dixie, que pudo dejar su huella genética al revolver las cosas de la víctima.
Ocho años para un análisis genético
La Policía consideró necesario disponer de una muestra indubitada de Dixie para ampliar el número de marcadores genéticos no incluidos en el perfil transmitido por Interpol, así como una muestra indubitada de la víctima. El Juzgado transmitió la petición a la sección de la Audiencia de Málaga que había juzgado los hechos, pero la cumplimentación insuficiente de la comisión rogatoria cursada al Reino Unido y ciertos trámites intermedios (la realización de un análisis por un forense del Reino Unido, que no logró resultados concluyentes) han motivado que el dictamen genético definitivo no haya sido completado hasta el pasado mes de agosto.
El laberinto procesal de este caso se complicó con otros episodios, mientras Van der Dussen continuaba en prisión.
En mayo de 2011 (pasados ya cuatro años del primer informe de la Policía Científica) la defensa intentó un primer recurso para la revisión de la condena. El Supremo lo rechazó en febrero de 2012 ordenando a la Audiencia de Málaga que "con carácter preferente y urgente" cumplimentara la obtención de las muestras indubitadas de Dixie y de la víctima, tal como había propuesto la Policía en 2007.
Un segundo recurso de revisión, promovido en marzo de 2015, tampoco prosperó por la misma razón.
El tercer intento, iniciado en noviembre de 2012 y concluido ahora, ha determinado la nulidad de la condena por la tentativa de violación, aunque el resto de las penas no han sido revisadas puesto que en los otros dos asaltos no se obtuvieron restos biológicos y no se ha podido conseguir una prueba que demuestre la injusticia de la decisión. La condena a 15 años y medio de cárcel ha quedado reducida, así, a 9 años.
En una resolución conocida este miércoles, la Sala Penal del Supremo declara la nulidad parcial de la sentencia de la Audiencia de Málaga. Se basa no sólo en el informe definitivo de los ADN que ha probado la coincidencia entre el perfil genético de la víctima y el de Mark Philip Dixie, sino también en las manifestaciones hechas por éste desde el Reino Unido en el sentido de que "puede que esté involucrado" en un caso de violación en España y no quiere que una persona cumpla prisión por algo que no ha hecho. Así lo indicó a un agente de policía británico y a la abogada holandesa de Van der Dussen.
El Supremo ha ordenado ahora al Juzgado de Fuengirola que reabra la instrucción por el intento de violación cometido en la calle Miguel Bueno en 2003. Romano van der Dussen tendrá que ser excarcelado de inmediato, después de haber cumplido tres años y cinco meses de prisión más de lo que le correspondía. Hubiera tenido que ser puesto en libertad en septiembre de 2012.